Así lo ha considerado probado un tribunal de la Audiencia Provincial de Las Palmas que ha condenado al F.G.S. a una pena de seis años y seis meses de prisión por un delito de lesiones y al pago de una indemnización de 50.000 euros a su víctima, a la que tiene prohibido acercarse a menos de medio kilómetro durante diez años.
Los hechos ocurrieron la noche del 3 de abril de 2006 cuando el acusado propuso a su pareja que pasasen la noche juntos en su apartamento, donde intentó grabarla desnuda con una videocámara, a lo que ella se negó "rotundamente, como había hecho en otras ocasiones", afirma la sentencia. Así se originó entre ambos "una fuerte discusión", en la que ambos forcejearon por la cámara, que cayó al suelo.
Al recoger la cámara del suelo y observar que estaba rota, el acusado se dirigió a su pareja "a voz en grito" diciéndole: "mira ya me rompiste la cámara"; y "con ánimo de menoscabar su integridad física, se la lanzó con fuerza hacia su rostro impactando de pleno en su ojo izquierdo", relata el tribunal. Después la empujó para que abandonara el domicilio. Ante sus súplicas, la permitió vestirse antes.
Como consecuencia de la agresión la mujer perdió totalmente la visión de su ojo izquierdo.
Según los médicos forenses, el acusado padece de un trastorno de personalidad no especificado y mantiene íntegras sus capacidades cognitivas y volitivas "en condiciones habituales de su existencia", según los magistrados de la Audiencia de Las Palmas.
El procesado, condenado en 2003 por delitos de resistencia o desobediencia y conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas, había bebido la noche de la agresión y estaba bajo sus efectos. El agresor se encuentra en prisión desde 2006 por estos hechos, que reconoció durante el juicio.
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