El auto de la sección Primera, hecho público este miércoles, desestima así el recurso presentado por familiares de algunas de las víctimas contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia de archivar definitivamente el procedimiento abierto como consecuencia del accidente del 3 de julio de 2006 en la línea 1.
En modo alguno era previsible que el conductor del tren rebasara la velocidad del convoy como lo hizo", dice la sentencia.
El pasado 29 de febrero, el citado Juzgado ya desestimó el recurso contra ese archivo al entender que la responsabilidad penal había quedado extinguida al fallecer el maquinista.
Una velocidad impensable
Según señala el nuevo auto, «en modo alguno era previsible que el conductor del tren rebasara la velocidad del convoy como lo hizo», y una vez demostrado que el descarrilamiento fue la causa material del accidente y que éste se produjo por exceso de velocidad, «todavía hoy se ignora el porqué de esa conducta».
Por esa razón, añade el mismo texto, «se desprende que menos aún podía preverse al tiempo de confección de las medidas de seguridad». Se trata, pues, del archivo definitivo del procedimiento.
Aún así, los familiares no pierden la esperanza y anuncian que presentarán un recurso de amparo ante el Constitucional.
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