Los hechos juzgados se desencadenaron cuando la grúa municipal se disponía a retirar un coche estacionado incorrectamente. En ese momento, el acusado salió de un bar cercano y el agente de la Policía Local le ordenó que lo retirase y moviera unos metros, donde no estorbara.
Esta persona explicó que el vehículo no era suyo y que sólo lo había conducido hasta allí y, creyendo que estaba obligado a cumplir la orden de agente, se montó en el coche y lo aparcó en el sitio indicado.
En ese momento, el agente llamó a sus compañeros del Servicio de Tráfico para que le hicieran la correspondiente prueba de alcoholemia. Dio positivo y, meses después, fue condenado a una multa de 2.700 euros y a la retirada del permiso durante dos años y tres meses por un delito contra la seguridad del tráfico.
El acusado recurrió y, recientemente, la Audiencia Provincial de Palencia le ha dado la razón. No tenía por qué obedecer la orden del agente y el juzgado considera que se produjo un error de prohibición indirecto, es decir, que el acusado actuó creyendo que la orden de la autoridad anulaba la norma que le prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol.
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