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Un juzgado absuelve a un hombre que superó la tasa de alcoholemia en un control

  • El juez considera que el etilómetro tiene un margen de error del 7,5%.
  • El hombre arrojó un resultado positivo de 0,63 miligramos.
  • El delito sólo está contemplado para tasas superiores a 0,60
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El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha dictado una sentencia absolutoria en favor de un conductor juzgado por superar en 0,60 mg la tasa de alcohol en aire espirado.

El delito sólo está contemplado para tasas superiores a 0,60

Se trata del primer fallo que absuelve en España a un conductor por estos hechos desde la reforma del Código Penal del 1 de diciembre de 2007.

El titular del juzgado le absuelve al estimar que el etilómetro con el que se mide la tasa de alcohol tiene un margen de error del 7,5 por ciento. En el presente caso, el conductor arrojó una tasa de alcohol de 0,63, una cifra que podría rebajarse al 0,47 si se le aplica el margen de error del 7,5%, según expone el juez en la sentencia.

El delito sólo está contemplado para tasas superiores a 0,60. Los hechos tuvieron lugar el 20 de enero de 2008, sobre las 11.20 horas, en un control preventivo de la Guardia Civil en la carretera NA-4000, entre Lesaka y Oyarzun.

Derecho a la presunción de inocencia

Sometido el acusado a la prueba de alcoholemia, arrojó un resultado positivo de 0,63 miligramos en los dos test que se le practicaron. El juez señala que, teniendo en cuenta el margen del etilómetro, "no se ha practicado prueba de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia consagrado en nuestro ordenamiento constitucional por lo que se debe dictar sentencia absolutoria del acusado con todos los pronunciamientos favorables", sin perjuicio de que se le aplique sanción administrativa.

El Ministerio Fiscal solicitó la condena del acusado como autor de un delito contra la seguridad en el tráfico a una pena de 1.620 euros de multa, 33 días de trabajo en beneficio de la comunidad, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por 18 meses y al pago de las costas. La defensa del acusado, dirigida por el despacho pamplonés Moreno-Vidal abogados, solicitó la absolución de su defendido.

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20 Comentarios
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1 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Migue
1
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Dice ser Migue, 13.03.2008 - 09.37h

Ok, vale, vale... el etilómetro tiene un margen de error , pero, ¿ por qué no se le hizo la prueba de sangre ? Y ¿qué margen de error tiene esta?

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catalufo
2
Avatar de catalufo
catalufo, 13.03.2008 - 09.42h

    A la cárcel el prevaricador!!!

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    Dice ser samuel
    3
    Avatar genérico
    Dice ser samuel, 13.03.2008 - 09.48h

    Pues me alegro por el hombre, que quereis que os diga, seguro que si a vosotros os pasa lo mismo no iriais a autoinculparos solos, hipócritas que sois....

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    Dice ser lalalalalalalaaaaaa
    4
    Avatar genérico
    Dice ser lalalalalalalaaaaaa, 13.03.2008 - 10.02h

    Y esto es una noticia?????...Informaros un poco y osa dareis cuenta que hay cientos de miles de casos desde que existen estos aparatos

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    Dice ser Santi
    5
    Avatar genérico
    Dice ser Santi, 13.03.2008 - 10.28h

    Samuel, si hubiera matado a algun familiar tuyo y hubiera salido absuelto por las mismas razones que ahora, tambien estarias alegre por ello?

    No se como te puedes alegrar porque alguien que ha bebido y luego se ha puesto al volante se pueda librar... eso si que es hipocresía.

    Te dejo el mail pinchando en mi nombre, por si quieres decirme algo y no puedo leerte por aqui.

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    Dice ser Levante
    6
    Avatar genérico
    Dice ser Levante, 13.03.2008 - 10.34h

    La cosa es fácil: estos aparatos no son exactos y por su margen de error dar un falso positivo. Si se ha pasado que lo condenen pero si se ha equivocado la máquina no le echeis los perros al pobre.

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    Dice ser LINO
    7
    Avatar genérico
    Dice ser LINO, 13.03.2008 - 10.49h

    Como esta la profesion periodistica que no detecta un error de bulto. Si la persona da 0.63% , y el margen de error es del 7.5 % ,el resultado mas faborable es : ( 0.63 /1.075 =0.586 % ) , y no 0.47 UN SALUDO A TODOS

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    ABCD
    8
    Avatar de ABCD
    ABCD, 13.03.2008 - 10.52h

      Pues se le lleva a un ambulatorio cercano, se le saca sangre y en paz. Quien no bebe antes de conducir puede estar tranquilo, hay que tomarse estas cosas en serio.

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      Dice ser BASTA YA!
      9
      Avatar genérico
      Dice ser BASTA YA!, 13.03.2008 - 11.21h

      Gracias a dios (o a quien sea) aún queda algún juez honesto en este país, que defiende los derechos constitucionales...como la presunción de inocencia.

      Si lo querian encarcelar, que hubieran procedido correctamente los guardias y le hubieran llevado a un hospital a hacer analisis de sangre.

      A ver si poco a poco la Guardia Civil se da cuenta de que no puede hacer lo que le da la gana, que los ciudadanos tenemos derechos...

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      10 Comentario oculto Leer comentario
      Maki_
      10
      Avatar de Maki_
      Maki_, 13.03.2008 - 11.50h

        Pero como quereis sacarle sangre si el juicio se hace dias despues, hijos mios?

        Un margen del 7.5% pudiendo pasar de 0.63 a 0.47 me parece tremendamente excesivo. Ahí hay demasiada diferencia.

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