La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la resolución de la Comunidad de Madrid, de octubre de 2005, que permitió las obras del desdoblamiento de la M-501, conocida como la carretera de los pantanos, sin la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) preceptiva.
Esta decisión abre la vía a la posibilidad de que, si hay sentencia firme, la Consejería de Transportes restituya los terrenos que afectan a las obras a su estado original.
Consulta a la UE
La Sección fundamenta la nulidad en que la Comunidad no procedió al trámite de consulta previa a la Comisión Europea para seguir adelante con el proceso administrativo ante la existencia de "conclusiones negativas en la previa evaluación", refiriéndose a la única Declaración de Evaluación Ambiental del proyecto que data del 2 de abril de 1998.
Entre otros aspectos, el recurso de Ecologistas en Acción se basa en la validez de la citada DIA para fundamentar los acuerdos medioambientales impugnados. Según la sentencia, el letrado de la Comunidad sostuvo que la evaluación ambiental del proyecto de ampliación de la carretera estaba con dicho estudio "cumplida respecto a toda la carretera M-501, y los sucesivos proyectos "ajustados al mismo trazado no requieren de un nuevo procedimiento de evaluación ambiental".


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