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Las empresas podrán echar a los empleados que estén de baja por enfermedad

  • El Supremo ha declarado improcedente, y no nulo, el despido de una trabajadora que estaba de baja tras sufrir un infarto.
  • El principal efecto de la nulidad de un despido es la readmisión del trabajador en la empresa.
  • Las compañías tendrán que pagar la indemnización por improcedencia, pero sin tener que readmitir a los empleados.
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20MINUTOS.ES. 07.02.2008 - 16.50 h
Despedir a un trabajador que esté de baja por enfermedad no es discriminatorio ni atenta contra la dignidad de la persona. Así lo ha establecido la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en una sentencia en la que ha declarado improcedente, y no nulo, el despido de una trabajadora que sufrió un infarto y pasó a la situación de baja por enfermedad, informa Expansión.com.

El principal efecto de la nulidad de un despido es la readmisión del trabajador en la empresa. En este caso, su cese en la empresa le fue comunicado a la empleada cuando se encontraba en situación de incapacidad temporal. La mujer lo impugnó, entonces, porque entendía que se trataba de un acto nulo por vulneración de derechos fundamentales.

La mujer impugnó el despido porque entendía que se trataba de un acto nulo por vulnerar sus derechos fundamentales

Sin embargo, el Supremo, que ya había dicho con anterioridad que el despido en estas condiciones no es discriminatorio, establece ahora con este nuevo fallo que los trabajadores no podrán esgrimir tampoco el argumento de que se ha vulnerado su dignidad e integridad física y moral.

Es decir, refuerza que las compañías puedan despedir a los trabajadores que estén de baja pagando la indemnización por improcedencia, pero sin tener que readmitirles.

El juzgado de lo social que primero estudió el caso dio la razón a la empresa y confirmó la improcedencia del despido, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid revocó tal decisión y declaró la nulidad. Según este tribunal, el despido sí provocó la "lesión de derechos fundamentales", por lo que obligó a la empresa a readmitir a la trabajadora.

"La dignidad no es un derecho fundamental"

Este planteamineto, no obstante, ha sido vetado ahora por el Supremo, con lo que la cuestión queda zanjada y establecida. Según la sentencia, el despido por enfermedad no afecta a la dignidad y a la integridad física y moral, porque "se distorsiona la realidad de los hechos cuando se afirma que la trabajadora ha sido represaliada por haber ejercitado su derecho a la salud, siendo así que el despido se produce por la situación de incapacidad para el trabajo, no por el parte de baja".

En relación con el derecho a la dignidad, la sentencia explica que "no es un derecho fundamental susceptible de protección autónoma".


 

La justicia española...

Siempre del lado del débil y del trabajador.

07.02.2008 - 17.03 h - Garnier - #11 A favor En contra 10 (10 votos)

buah, que novedad..

07.02.2008 - 17.03 h - Dice ser Jordi M. Novas - #12 A favor En contra 0 (0 votos)

Votad a ZP.

El mejor presidente de la historia de la democracia de España.

JA,JA,JA,JA,JA,JA,JA,JA,JA,JA,JA,.. ................................... ...............

07.02.2008 - 17.04 h - Dice ser Esto es lo que faltaba. - #13 A favor En contra -5 (15 votos)

Pues que la ley sea igual para todos, y que cuando un juez se ponga enfermo le echen también, o todos iguales o rompemos la baraja

Lo que no puede ser es que Rajo ponga a un meapilas como Pizarro que se duplica el sueldo y cobra una indemnización de 2.500 millones de pesetas y si gana quiera implantar unas medidas neoliberales de bajada de sueldo generalizada y despido libre.

07.02.2008 - 17.04 h - Dice ser Que se les aplique también a los jueces, ¿por qúe no, no somos todos iguales ante la ley? - #14 A favor En contra 6 (10 votos)

menudo gobierno de mierda que se hace llamar Obrero, si cada vez vamos retrocediendo más en el tiempo, y todos los derechos que se han ganado los trabajadores luchando los estamo perdiendo, donde esta UGT; CCOO proponiendo una manifestación ??????????

pero que verguenza de pais de mierda

07.02.2008 - 17.04 h - Dice ser mar - #15 A favor En contra 2 (8 votos)

Vamos a ver si os enterais algunos.
El Tribunal Supremo sigue compuesto por mayoria conservadora, gracias al PP que se niega a la negociacion.
Esto no es una propuesta de Zapatero. Leer mas peperos.

07.02.2008 - 17.05 h - Dice ser Javi 5 - #16 A favor En contra 12 (18 votos)

¿y a los funcionarios? ¿podrán despedirlos cuando estén de baja?

puta mierda de justicia tiene este pais.

07.02.2008 - 17.06 h - Dice ser asqueado - #17 A favor En contra 3 (5 votos)

Es loque pasa cuando los vagos de muchos trabajodres están cada dos por tres de baja por naderías, que ahora lo pagamos todos.
Y el que realmente se pone enfermo, pues nada, otra cruz para el que sea honrado.

07.02.2008 - 17.06 h - Súpercordobesa - #18 A favor En contra -4 (6 votos)

Y menos mal que al menos lo declaran improcedente, que si no, donde ibamos a llegar. Pero así nos va...

También ojito con la gente y las bajas laborales, que hay muchas empresas que si tuvieran que vivir de algunos de sus empleados, mal andaban. Quizás un poquito más de revisiones y de visitas de la inspección de sanidad (porqué nunca se oye hablar de las inspecciones????), haría que a los que realmente les despidieran de forma improcedente se les tuviera que indemnizar con creces, y a los caraduras, se les diera con una buena patada en el culo el portazo en las empresas.

07.02.2008 - 17.07 h - Dice ser Inspecciones - #19 A favor En contra -1 (3 votos)

Que bonita manera tienen los tribunales españoles para defender a las empresas. ¿O acaso penso que esa pobre mujer fingió un infarto?

El despido por enfermedad, señores jueces ignorantes SI AFECTA A LA DIGNIDAD DE LA PERSONA. Porque efectivamente es una represalia. Eso es obvio. La persona no estaba incapacitada de trabajar por gusto, sino porque simplemente no podía y esta sentencia significa que ahora cualquier persona puede ser despedida aun cuando se contraiga una enfermedad en el trabajo bajo la pena de perderlo, lo que obliga a todos a trabajar aun cuando se este moribundo. ¿Eso no es indigno?

En cuanto al derecho a la dignidad, los jueces deberian darse un paseo por cierto papelito llamado Declaracion Universal de los derechos Humanos donde claramente dice

"Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad." La dignidad ES un derecho autónomo y fundamental.

07.02.2008 - 17.08 h - vasilia - #20 A favor En contra 19 (19 votos)

 
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