El fiscal solicitaba para el procesado una pena de once años de cárcel como presunto autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, ya que el tiro que disparó contra su mujer no llegó a alcanzarle y se encastró en el marco de una ventana.
La sentencia no considera probado que el acusado tuviera la intención de matar a su mujer, tal y como asegura ella, frente a la versión de él, de que el arma se le disparó dentro de casa mientras asustaba a los gatos de los alrededores.
La sentencia si recoge que la madrugada del 7 de julio de 2003 Manuel Guerra, con la escopeta en la mano, amenazó con matar a su mujer, aunque considera que no ha quedado probado que disparara contra la mujer y no contra otra parte del comedor para asustarla.
En este sentido, según el tribunal tampoco ha quedado probado que el procesado hiciera pasar más de veinte años de calvario de malos tratos tanto físicos como psíquicos a su mujer, como relató ella en la vista oral.
Por todo ello la Audiencia de Girona condena al procesado a dos años de cárcel por un delito de amenazas graves con el agravante de parentesco, le prohíbe acercarse a su ex mujer durante cinco años y le impone el pago de una indemnización para ella de 3.000 euros.
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