El magistrado del Juzgado Central de Instrucción número uno de la Audiencia, Santiago Pedraz, afirma que los hechos ocurridos el 30 de diciembre de 2006 son constitutivos de los delitos de terrorismo y de estragos, así como el de asesinato,
'Concurren motivos bastantes para suponer que los imputados participaron en el atentado cometido en la Terminal T-4 del Aeropuerto de Barajas', dijo en el auto.
'El Comando Elurra de ETA, del que formaban parte los citados, acordó la colocación de la furgoneta, a cuyo fin Martín Sarasola fue el que materialmente aparcó la furgoneta en el citado parking para que luego explosionara y previamente a esta explosión Igor Portu fue el que realizó las llamadas a DYA, Gara y al Parque de Bomberos de Madrid para avisar de ello', añadió.
Los dos presuntos etarras no han negado los hechos, sino que se han acogido a su derecho a guardar silencio en su comparecencia judicial, según el auto.
Este auto supone la permanencia de Portu y Sarasola en las prisiones madrileñas de Soto del Real y Navalcarnero, donde ingresaron unos días después de su detención el 6 de enero en la localidad guipuzcoana de Mondragón.
Portu pasó primero unos días en un hospital como consecuencia de las lesiones sufridas durante su detención, según el Ministerio del Interior, aunque un juzgado de San Sebastián ha abierto diligencias previas para investigarlo.


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