El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en una decisión sin precedentes, ha condenado este martes a Francia por haber impedido a una lesbiana de 45 años, que vivía en pareja con otra mujer, adoptar un niño.
Es la primera vez que la Corte condena a uno de los 47 Estados del Consejo de Europa por discriminación de carácter homosexual en una demanda de adopción, según informa un portavoz del Tribunal.
Los magistrados del tribunal, por diez votos contra siete, consideraron que Francia cometió una discriminación contra la denunciante a causa de su orientación sexual, así como una violación del respeto de la vida privada y familiar.
Por estas violaciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos, han condenado a Francia a pagarle 10.000 euros en concepto de daño moral y otros 14.528 por costas judiciales.
El portavoz del tribunal ha indicado que esta sentencia sentará jurisprudencia pero ha precisado que, con la misma, la Corte no valida la adopción de niños por parejas homosexuales en Francia.
En 2002, la Corte de Estrasburgo falló en contra de un homosexual francés que también se consideraba discriminado por su orientación sexual a la hora de optar a una adopción.


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