El Supremo (TS) ha desestimado el recurso de un hombre que había demostrado no ser el padre biológico de su hijo para librarse de dos sentencias que le condenaron por no pagar su pensión. El hijo figuraba inscrito en el Registro Civil como suyo, y en la sentencia se indica que no todas las obligaciones de la paternidad se extinguen por la inexistencia de paternidad biológica.
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