El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado amparar al etarra José Ignacio de Juan Chaos por las amenazas vertidas en uno de los dos artículos publicados en el diario Gara en los que aludía a cinco funcionarios de prisiones y a un juez al considerar que los mismos contenían una provocación a la violencia.
Así lo asegura el alto tribunal en un auto de la sección primera, en la que inadmite la demanda presentada por De Juana contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó el pasado mes de febrero a 3 años de prisión, rebajando la pena de 12 años y 7 meses de cárcel que le había impuesto la Audiencia Nacional como autor de un delito de amenazas terroristas.
Amenzas no condicionales
El Supremo condenó al etarra como autor de un delito de amenazas no condicionales a grupos de personas en concurso ideal con otro de enaltecimiento del terrorismo y le absolvió de los de integración en organización terrorista y de amenazas terroristas en una sentencia que De Juana recurrió al TC al considerar vulnerados sus derechos a la legalidad penal y a las libertades de expresión e información.
Hubiera salido de prisión
El procesamiento del etarra por estos textos le impidió salir de la cárcel en agosto de 2005 de acuerdo con las redenciones que había obtenido por el anterior Código Penal, tras cumplir una pena de 20 años de prisión por participar en varios atentados de la banda armada.


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