Según ha explicado González, la sanción impuesta a Orange se ha estimado en función del aproximadamente 5% de beneficios que se calcula que la empresa Orange recibió en 2005 por aplicar el "redondeo al alza" de tarifas.
Tanto Orange como Telefónica Móviles y Vodafone pueden presentar recurso contra las sanciones impuestas por el Gobierno madrileño y también tienen la posibilidad de acudir a los Tribunales de Justicia correspondientes.
El año pasado la Comunidad de Madrid abrió un expediente de oficio contra estas tres empresas de telecomunicaciones, al comprobar que, hasta el 31 de diciembre de 2005, cobraban a sus clientes en la mayoría de sus ofertas el primer minuto completo y, a partir de ahí, en tramos de 30 segundos, con independencia del tiempo real que utilizaran el servicio.
El articulo 50 de la Ley regional de Protección al Consumidor, considera "infracciones muy graves" y "sancionables económicamente" la realización de practicas que "imponen al consumidor condiciones, recargos o cobros indebidos, prestaciones accesorias no solicitadas o cantidades mínimas".




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