Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), tras desestimar el recurso interpuesto por el Consistorio bilbaíno. Además, obliga al cese de las labores del servicio municipal de limpieza en horario nocturno mediante baldeadora y máquinas barredoras en el entorno de la vivienda del indemnizado.
EL TSJPV considera que se ha producido una vulneración del derecho a la intimidad domiciliaria y estima prudencial la cantidad de 10.000 euros solicitada por el perjudicado, debido a que sufría molestias sólo unas horas al día, pero durante más de dos años.
«La persistencia de estos ruidos periódicos puede producir al ser humano una crispación que a todas luces le altera psíquicamente», dicta la sentencia.




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