Uruguay se ha convertido en el primer país de América latina en legalizar la unión civil de parejas homosexuales, tras la promulgación por parte del presidente Tabaré Vázquez de una ley que consagra las uniones concubinarias de distinto o igual sexo.
La normativa legalizada ante el consejo de ministros garantiza derechos y obligaciones para las parejas heterosexuales y homosexuales que convivan más de cinco años sin interrupciones, tales como la asistencia recíproca, creación de sociedad de bienes, derechos sucesorios, cobro de pensiones por fallecimiento y otras disposiciones vinculadas a la seguridad social.
Hasta ahora, las uniones de parejas homosexuales sólo estaban reguladas en la Ciudad de México, el estado brasileño de Rio Grande do Sul y en tres zonas de Argentina: Buenos Aires, Villa Carlos Paz y provincia de Río Negro. La ley uruguaya entrará en vigor la primera semana de 2008 con alcance nacional.
La iniciativa contempla la apertura de un registro donde podrán inscribirse parejas de cualquier género para así recibir el amparo de derechos similares a los que devienen del matrimonio entre heterosexuales.
El texto define la unión concubinaria como "la situación de hecho derivada de la comunidad de vida de dos personas -cualquiera sea su sexo, identidad, orientación u opción sexual- que mantienen una relación afectiva de índole sexual, de carácter exclusiva, singular, estable y permanente sin estar unidas en matrimonio".



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