La Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto a Antonio B. P. de los delitos de malos tratos habituales, agresiones sexuales, amenazas y coacciones hacia su mujer por los que había sido imputado tanto por el Fiscal como por la acusación particular.
El tribunal sólo lo considera "culpable del quebrantamiento de medida cautelar o preventiva", por lo que lo condena a una multa de 1.800 euros. La sentencia recoge que Antonio B.P. no es culpable de los delitos de los que se le acusó, por los que el fiscal solicitaba una pena total de 46 años, al tiempo que revoca las medidas cautelares de alejamiento que tenía.
El tribunal destacó que "sólo existen sospechas o conjeturas sobre la existencia de estos, pero no existe prueba de cargo bastante y suficiente para imputar al procesado por alguno de estos delitos y que permite desvirtuar el principio de inocencia".
En el juicio, celebrado el pasado día 11 de diciembre, Antonio B.P. negó haber vejado, pegado y agredido sexualmente a su esposa en Ubeda desde 1999 y hasta el año 2004 negó hoy y atribuyó las denuncias a un intento de la mujer por "esconder una infidelidad con un amigo cercano" a la pareja, algo que la denunciante rechazó.
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