Los bares de Andalucía estarán obligados a servir gratis agua potable a sus clientes

  • La Junta ha aprobado una nueva ley para promocionar la vida sana, la alimentación equilibrada y el ejercicio físico para luchar contra la obesidad.
  • La normativa contempla también que los centros de trabajo con más de 50 empleados habiliten aparcamientos para bicicletas.
  • Los colegios deberán impartir en un plazo máximo de dos años un mínimo de cinco horas a la semana de ejercicio físico.
  • Agua, cubiertos, filete poco hecho... ¿Qué pueden cobrar los restaurantes?
Imagen de archivo de un camarero atendiendo en una terraza.
Imagen de archivo de un camarero atendiendo en una terraza.
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Imagen de archivo de un camarero atendiendo en una terraza.

Por primera vez, una comunidad autónoma española regula con el máximo rango normativo, es decir, con una ley, la lucha contra la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria. Así lo ha hecho Andalucía al aprobar el proyecto de Ley para la Promoción de una Vida Saludable y una Alimentación Equilibrada, una normativa en cuyo desarrollo han colaborado unas 250 personas de diferentes colectivos, como asociaciones de pacientes, consumidores, padres y madres de alumnos, colegios profesionales y empresarios.

Y es que actualmente la obesidad afecta al 16,6% de la población andaluza adulta, al 23% de la infantil y al 15,2% de las embarazadas. Según la Junta, estos porcentajes podrían duplicarse para el año 2050.

La ley, explica la Junta, tiene un objetivo claro: garantizar el derecho de los ciudadanos a la información, el conocimiento, la promoción, la prevención y la participación en las iniciativas de salud pública vinculadas con la alimentación sana y la actividad física. Para ello, contempla una serie de medidas, entre las que destaca el fomento del acceso gratuito de toda la población al agua potable, tanto en centros educativos como en lugares públicos y en establecimientos hosteleros.

Así, la norma obliga a que los bares y restaurantes ofrezcan siempre una jarra de agua gratis y vasos a sus clientes; y a que las empresas de máquinas expendedoras de productos alimenticios que tengan instalaciones en colegios, lugares públicos y zonas de ocio infantil ofrezcan paralelamente agua gratuita, bien en las propias máquinas o a una distancia de hasta dos metros.

La nueva norma también exige a los restaurantes que dispongan de menús saludables y de diferentes tamaños de raciones; y que en los establecimientos se puedan adquirir alimentos frescos y perecederos en cantidades y tamaños adaptados a todas las unidades familiares, medida pensada especialmente para quienes viven solos.

Se elevan también a rango legal las medidas que el Ejecutivo andaluz ya desarrolla actualmente para garantizar los menús saludables en los comedores escolares, con la utilización de productos locales y regionales de temporada basados en la dieta mediterránea. Ahora, además, se va a fomentar la participación de los alumnos en huertos escolares, con prioridad para las zonas con necesidades de transformación social.

Actividad física en el colegio

El fomento del ejercicio físico es otro de los ejes de la ley andaluza, que también exige que los lugares de trabajo con más de 50 empleados habiliten aparcamientos de bicicletas, si no dentro de sus instalaciones, sí en el entorno más cercano. Además, en materia educativa, los centros docentes tendrán que establecer, en un periodo máximo de dos años, un tiempo mínimo de cinco horas semanales de actividad física, así como fomentar los juegos y recreos activos y ampliar la oferta de actividades extraescolares que incluyan ejercicio físico.

Otro de los apartados de la norma se centra en la publicidad. Por un lado, el proyecto normativo incluye limitaciones en la publicidad comercial de alimentos y bebidas no alcohólicas dirigidas a menores de 15 años, para evitar incentivar el consumo de productos hipercalóricos y que "no se generen expectativas referidas a que su ingesta proporciona sensación de superioridad". El Consejo Audiovisual de Andalucía será el encargado de velar por el cumplimiento de esta medida.

Asimismo, se limita la publicidad de bebidas y alimentos envasados en los centros educativos y se especifica que los que se vendan no podrán sobrepasar un valor energético de 200 kilocalorías, ni tener un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal, azúcares ni cafeína u otras sustancias estimulantes.

La nueva ley contempla un régimen sancionador para faltas leves, graves y muy graves, aunque desde la Consejería de Salud afirman que lo «importante» de esta norma es «concienciar» a la sociedad sobre la necesidad de tener una alimentación saludable.

La normativa reconoce el derecho a una atención sanitaria integral y continuada de la obesidad, así como el pleno respeto a la dignidad personal y a la no discriminación social, laboral o sanitaria por este problema de salud.

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