El juez aprecia indicios de delito sexual en el crimen de Diana Quer y cita también a la esposa del Chicle como investigada

El Chicle, presunto autor del asesinato de Diana Quer, en los juzgados de Ribeira.
El Chicle, presunto autor del asesinato de Diana Quer, en los juzgados de Ribeira.
EFE
El Chicle, presunto autor del asesinato de Diana Quer, en los juzgados de Ribeira.

El juez instructor del caso Diana Quer aprecia indicios de delito sexual en la actuación de Enrique Abuín Gey, alias el Chicle, autor confeso del crimen de la joven madrileña en verano de 2016 y en situación de prisión provisional.

Así consta en el auto con el que reabre oficialmente la investigación, que permanecía archivada provisionalmente en el Juzgado de Instrucción Número 1 de Ribeira a falta de nuevas pistas, y ordena las primeras diligencias, informa el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Abuín tendrá que declarar este jueves a las 11 horas, pero también lo hará como investigada su esposa, Rosario Rodríguez, cuya participación en los hechos, "en el momento actual", no es descartada por el juez; ella sí quedó libre tras declarar ante la Guardia Civil de A Coruña.

El juez acuerda también la declaración en calidad de testigos de dos personas más.

El auto, en el que se incorporan los antecedentes penales del autor confeso, ve "indicios de la comisión de un delito de homicidio o asesinato" al haberse encontrado el cadáver de la joven, pero también indicios respecto a la posible comisión de delitos "contra su libertad sexual".

Asimismo, a raíz de las últimas investigaciones policiales practicadas, "se desprende la existencia de nuevos elementos fácticos que corroboran los indicios anteriormente existentes respecto a la posible comisión de un delito de detención ilegal".

Las actuaciones remitidas al juzgado contienen también las investigaciones desarrolladas sobre el intento de secuestro en Boiro denunciado por una joven el pasado 25 de diciembre. La causa se sigue ante el Juzgado de Instrucción Número 2 del mismo partido judicial.

El juez considera "que en caso de tramitación conjunta podría suponer una excesiva complejidad o dilación para ambos procesos, tratándose además de hechos separados notablemente en el tiempo".

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