El Canchal de los Ojos de Alcántara (Cáceres) da un nuevo paso en su declaración de bien de interés cultural

  • La Peña Buraca, también conocida como el Canchal de los Ojos, ha dado un nuevo paso en su carrera por ser declarado Bien de Interés Cultural, en la categoría de zona arqueológica, tras la publicación de la resolución en la que se incoa dicho expediente en el Boletín Oficial del Estado.
Peña Buraca o Canchal de los Ojos
Peña Buraca o Canchal de los Ojos
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Peña Buraca o Canchal de los Ojos

Una publicación que se ha producido esta semana y que llega tras su correspondiente exposición en el Diario Oficial de Extremadura el pasado mes de septiembre, tras lo cual se inició un periodo de consulta pública durante un mes, y asimismo fue remitido al propio BOE, al Ayuntamiento de Alcántara y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

La 'Piedra Buraca' es un extenso asentamiento cuyos restos visibles ocupan una superficie aproximada de cuatro hectáreas, en el que abundan restos constructivos, tumbas, lagares, entre las que destaca la piedra horadada que le otorga su nombre.

La Piedra Buraca se ha interpretado como la simbolización de una cabeza mostrando en la cara dos ojos grandes. Algunos investigadores hablan de un pasado prehistórico si bien los huecos excavados con picos y a distintas alturas y tamaños, que presentan por encima, parecen corresponder con los huecos de las vigas y una hendidura en forma de ángulo podría ser la cubierta de un edificio que aprovecha el cancho como si fuera el hastial.

En el yacimiento se han localizado además decenas de tumbas, que comparten espacio con los lagares, sin orden aparente o delimitación entre espacios funerarios y económicos. Entre ellas se observa una gran variedad, con ejemplares de tumbas antropomorfas, geminadas, infantiles, etc. Hay localizados también tres lagares rupestres con sus elementos característicos: plataforma de prensado o pisado y cubeta de recogida.

El origen del asentamiento en torno a la Peña Buraca se puede situar en el bajo imperio, como resultado de ciertos hallazgos numismáticos.Todos estos elementos asociados en torno a la Peña Buraca, y en especial la roca horadada de la que toma su nombre, le confieren a este yacimiento una serie de valores histórico-patrimoniales, merecedores de ser declarados Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica.

Su reconocimiento como Bien de Interés Cultural supondrá que cualquier intervención en la zona delimitada deben ir encaminadas a la protección, investigación, el estudio y valoración del bien.

El uso actual del suelo es compatible con la conservación de la Zona Arqueológica y su entorno de protección por lo que se permite llevar a cabo tareas agroganaderas y forestales tradicionales. Se permiten también expresamente las tareas de conservación y mantenimiento de las casas y las construcciones auxiliares agrícolas.

No obstante, cualquier actividad que conlleve un cambio en el uso actual del suelo o suponga una eventual transformación del terreno que implique una alteración de la topografía o una remoción del mismo en zonas o cotas inalteradas, deberá contar con informe previo y autorización expresa de la Consejería con competencias en materia de patrimonio cultural.

En cualquier caso, los posibles usos que se den a esta Zona Arqueológica y su entorno de protección deberán ser siempre compatibles con la conservación del espacio que se protege y, en ningún caso, alterarán su valor patrimonial.

En el área arqueológica no se permite tampoco la búsqueda, recogida o traslado de materiales arqueológicos, así como el uso de detectores de metales o el vertido de residuos sólidos, salvo que exista autorización expresa de la Consejería con competencias en materia de patrimonio cultural.

Será igualmente preceptiva la autorización de la Consejería competente, para la colocación de elementos publicitarios e instalaciones en la Zona Arqueológica y su entorno de protección.

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