El PP cree que el Ayuntamiento no debe recurrir ante el Supremo la nulidad del IBI, "sería alargar una agonía"

  • La concejala del PP en el Ayuntamiento de Oviedo, Cristina Fernández ha manifestado este viernes, al ser preguntada en rueda de prensa, que el Ayuntamiento no debería recurrir la sentecia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que anula la Ordenanza Fiscal número 400 reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de Oviedo.

"Es una sentencia que viene a manifestar lo que el Tribunal Supremo ya ha manifestado en otras ocasiones, con lo cual el hecho sería seguir alargando una agonia", ha explicado Fernández. "Hay que afrontar lo que nos ha dicho el Tribunal", ha añadido.

La concejala del PP ha dado este viernes una rueda de prensa con motivo de la sentencia del TSJA. "La ordenanza del IBI del 2007 pretendía introducir como novedad un IBI diferencial que aumentara el recibo de los contribuyentes ricos en un 70% y que afectaría únicamente a las grandes propiedades y a las grandes fortunas de la ciudad", ha explicado.

Según Fernández "hay vecinos en La Corredoria y en otros sitios de la ciudad, que han pagado el IBI con el mismo diferencial que El Corte Inglés y se les ha aumentado su recibo en más de un 70%".

La concejala 'popular' ha recordado que ese IBI diferencial también ha afectado a Comunidades de Vecinos, y ha acusado al concejal de Economía, Rubén Rosón de "engañarles". "Cuando el expediente en el que se tramitaba el impuesto sale a la información pública, incluso cuando no constaban más que las referencias catastrales de los bienes, prensa y PP nos percatamos de que había comunidades de vecinos", ha indicado.

"Entre los afectados por el IBI direfencial se encontraban comunidades de vecinos que no eran ni ricos ni grandes propietarios, sino más de 500 vecinos que se verían afectados por la medida anunciada por Rosón".

Cristina Fernández ha añadido que Rosón continuó negando lo evidente hasta que finalmente se reunió con los representantes de las comunidades afectadas. "Les dice que no se preocupen que no les va a afectar y además, que él mismo les dirá cómo tienen que evadir el impuesto", ha indicado. "Ello con el fin de que los vecinos no recurrieran judicialmente el IBI diferencial en la creencia de que él les había dado su palabra de que no les llevaría a cabo esa subida".

"La subida fue recurrida por 14 demandantes que bien eran afectados directamente o bien eran asociaciones empresariales, pero no comunidades de vecinos puesto que, como les dijo el concejal, les había dado su palabra de que no la llevarían a cabo".

La concejala del PP ha recordado que el PP "en aras de afrontar el problema" presentó dos mociones "constructivas" al Pleno del Ayuntamiento, "mociones con propuestas que hubieran evitado lo que hoy está pasando las demandas que están por llegar". Fernández ha acusado al Pleno del Ayuntamiento de Oviedo de darles un "no tajante por respuesta".

CONSECUENCIAS DE LA SENTENCIA, SEGÚN DEL PP

Según el PP, si hay 252 afectados por el IBI diferencial y sólo han recurrido 14 afectados, nos encontramos ante un escenario en el que, de esos 14 recurrentes, quienes hayan recurrido la ordenanza del IBI y a su vez la liquidación del impuesto, el Ayuntamiento les tendrá que devolver lo abonado.

De esos 14 recurrentes, quienes hayan recurrido la ordenanza pero no la liquidación, deberán hacerlo en el plazo máximo de un mes desdeque finalizó el periodo voluntario de pago, es decir, si no lo hacen en ese plazo, el Ayuntamiento no se les devolverá cantidad alguna. Y,además, eso lo dicen ellos mismos en el edicto, donde consta el plazode un mes que se tiene para recurrir una vez que finalice el periodo de pago voluntario.

Están la mayor parte de los afectados. Quienes no hayan recurrido, es decir, 238 afectados al menos, deberán recurrir su recibo. Rubén Rosón no puede decir que se los van a devolver porque les va hacer incurrir en un nuevo procedimiento judicial. Van a tener que recurrir su recibo, su liquidación del impuesto.

Para el PP también nos encontramos con otros afectados, que son los ovetenses en general. Estos ciudadanos, que algunos ya han pagado más que el año pasado, también pueden recurrir la Ordenanza, esa ordenanza que es nula. Y, por tanto, la liquidación del impuesto que se les ha girado es nula también.

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