La norma, que supone una condena expresa del Franquismo y prohíbe las manifestaciones políticas en el Valle de los Caídos, fue aprobada sin la introducción de ninguna enmienda, por lo que no tendrá que volver al Congreso y entrará en vigor tras su próxima publicación en el Boletín General del Estado.
La ley declara ilegítimos, los tribunales, jurados y el resto de órganos penales y administrativos que se constituyeron en la Guerra Civil para imponer condenas en juicios sumarios por cuestiones políticas, ideológicas o religiosas, aunque no anula las sentencias franquistas.
Obligará a la retirada por parte de las administraciones públicas de todos los símbolos y monumentos que supongan una exaltación de la Guerra Civil o la represión y los propietarios particulares deberán hacer lo propio si quieren continuar manteniendo las subvenciones públicas.
No obstante, la Iglesia podrá conservar los símbolos franquistas en sus edificios sin violar la ley si concurren razones 'artístico-religiosas'.
Además, la ley permite que los hijos y nietos de exiliados que tuvieron que renunciar a la nacionalidad española puedan solicitarla si así lo desean.
Esquerra Republicana de Catalunya ha rechazado la ley porque estima que se 'ha quedado corta' al no anular las sentencias franquistas, mientras que el Partido Popular ha votado en contra al considerar que el texto rompe la esencia del consenso de la Transición.


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