Fiscalía y acusaciones tienen "convicción absoluta" de la culpabilidad del acusado de tirar a su mujer por la ventana

  • VIGO, 9 (EUROPA PRESS)

El fiscal y las abogadas de las acusaciones particular y popular en la causa contra Alberto J.V.G., si bien difieren sobre si estaba enajenado, han trasladado su "convicción absoluta" de que arrojó a su mujer por una ventana de su vivienda en Vigo en octubre de 2015 y la mató; mientras que la defensa ha reiterado su inocencia y ha afirmado: "Desconocemos la razón, pero lo cierto es que ella se tiró".

Así lo han trasladado las partes en sus informes finales, después de elevar a definitivas sus respectivas peticiones en la cuarta jornada del juicio, celebrada este jueves en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, en Vigo. Este viernes está previsto entregar al jurado el objeto de veredicto -hechos sobre los que tienen que decidir- para que inicien la deliberación.

Según la Fiscalía, "solo la palabra" de la mujer cuando dijo a los agentes que le tiró su marido -"tiroume meu home"- es "suficiente" para demostrar la culpabilidad del hombre, pero ha remarcado que además "existen muchas más pruebas", como las lesiones por asfixia que tenía en el cuello, las marcas de que se defendió, el que cayese de espaldas y que la ventana estaba "violentada".

Además, ha desmentido la versión de la defensa y ha mantenido que "es evidente que no se tiró, que la tiró él". "No hay motivo por el que se tuviese que tirar", su edad y enfermedades lo habrían dificultado "y él era el único que estaba allí y tenía un móvil: Que le estaba envenenando", ha explicado en referencia a la ideación delirante que presentaba sobre la mujer.

Por ello, el fiscal pide la eximente completa de enajenación mental, pues "tiene alterada la realidad y piensa que la mujer va a por él". "Un sujeto así no puede estar en la calle", ha remarcado, apuntando que "no por loco es tonto". Finalmente, ha negado que haya asesinato, sino homicidio, porque entiende que no hubo alevosía -tuvo oportunidad de defenderse- ni ensañamiento.

ACUSACIONES

La acusación particular -ejercida por el hijo de la mujer- y la acusación popular -ejercida por la Xunta- han coincidido con los hechos narrados por el fiscal salvo en lo relativo a la condición mental del hombre, ya que creen que "no ha quedado acreditado" que sufriese enajenación mental, y ven probado que "era consciente de lo que estaba haciendo" y de que "estaba mal".

Asimismo, han considerado "imposible" que la mujer se subiera a la ventana para arrojarse de forma voluntaria, por ser una persona mayor y con pluripatologías, mismo motivo por el que piden que el hombre sea considerado autor de asesinato y condenado a prisión permanente revisable, por un "crimen especialmente odioso".

DEFENSA

La defensa ha rechazado las acusaciones y ha pedido la libre absolución del hombre porque "no tiró a su mujer por la ventana", lo que ha mantenido "siempre". "No se puede condenar a gente por indicios" y las pruebas son de que "él no ha tenido nada que ver", ha sostenido la abogada, que ha vinculado las palabras de la mujer a que no fuese coherente tras la caída o a que quisiera "inculpar" al marido.

En todo caso, la letrada ha remarcado sobre el varón que es un enfermo psiquiátrico diagnosticado de un trastorno de ideas delirantes persistentes, que él no reconoce la enfermedad, que necesita medicación y que en el momento de los hechos tenía sus capacidades "completamente anuladas". El acusado, que ya al inicio del juicio se negó a hablar, ha vuelto a rechazar su turno final de palabra.

PETICIONES

El fiscal acusa al marido de homicidio con agravante de parentesco, si bien pide la eximente completa de enajenación mental por una ideación delirante de daño/perjuicio de tipo persecutorio centrado en su mujer. Por ello, reclama su internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario durante no más de 15 años, y que indemnice al hijo de la mujer en 90.000 euros y al propietario del piso en 114,95 euros.

Por su parte, las acusaciones han ratificado su petición de que sea condenado a prisión permanente revisable y que indemnice al hijo 150.000 euros, al considerarlo autor de un delito de asesinato con las agravantes de alevosía, ensañamiento y parentesco. Finalmente, la defensa solicita la libre absolución del hombre o, en caso de que no se contemple así, que se le condene por homicidio.

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