Así consta en una resolución, en relación con el Decreto 16/2017, de 10 de febrero, del Consell de la Generalitat, sobre el cambio de denominación de la ciudad con la forma exclusiva en valenciano.
El tribunal advierte de que en caso en que el PP obtuviera una sentencia favorable y el decreto fuera anulable o nulo, "sería a partir de la firmeza del pronunciamiento judicial cuando la denominación de la ciudad volverá a ser la preexistente a la nueva nomenclatura".
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