Indemnizarán con 200.000 euros a unos padres por el fallecimiento de su hija recién nacida

  • A la mujer no le practicaron una cesárea.
  • Los tribunales ven relación entre la inadecuada asistencia y el fatal desenlace de la niña, que falleció horas después de nacer.
  • La madre, de 43 años, había acudido a dar a luz al Hospital Xeral de Vigo tras lograr quedarse embarazada tras múltiples intentos.
Imagen de archivo del Hospital Xeral de Vigo.
Imagen de archivo del Hospital Xeral de Vigo.
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Imagen de archivo del Hospital Xeral de Vigo.

Un juzgado de Primera Instancia ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a pagar 200.000 euros a unos padres por el fallecimiento de su hija recién nacida en el Hospital Xeral de Vigo a cuya madre no se le practicó la cesárea.

De ello ha informado el Defensor del Paciente, que ha detallo que los hechos ocurrieron en noviembre 2012 cuando los progenitores, de 43 años de edad, acudieron a dar a luz a este centro después de que la madre se quedase embarazada tras múltiples intentos.

Tras ingresar en el Hospital Xeral de Vigo, el Defensor del Paciente denuncia que se produjo un "déficit asistencial" que terminó en el fallecimiento de la niña a las pocas horas de nacer.

En concreto, el abogado de la asociación, Cipriano Castreje, achaca al Sergas que "no se evaluaron correctamente" los antecedentes de la madre y los "riesgos", que no "hubo consentimiento informado para el trabajo del parto" y que "se debió de haber optado por la práctica de una cesárea".

En esta línea, el Defensor del Paciente señala que el Juzgado número 36 de Barcelona concluyó que "el fallecimiento de la niña a las pocas horas de su nacimiento se debió a un fallo multiorgánico" sencundario o una sépsis vertical que "podría haber sido tratada de forma eficaz en un estadio inicial sobre todo si se hubiese practicado una cesárea de urgencia".

Por ello, la titular de este juzgado ve una "relación causal entre la inadecuada asistencia prestada a la paciente durante el parto y el fatal desenlace posteriormente ocurrido", señala la asociación.

Ante estos hechos, la sentencia concede 110.000 euros a la madre y 90.000 al padre, más los intereses de la ley del contrato de seguro debidamente razonados y justificados en la sentencia, con lo que ola indemnización final se acercará a los 300.000 euros. La sentencia no es firme y puede ser recurrida por el Sergas.

A la vista de este caso, la presidenta de la Asociación el Defensor del Paciente, Carmen Flores, ha pedido la mejora y revisión de los protocolos de atención obstétrica en este tipo de partos.

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