La Audiencia de A Coruña estima el recurso de Marina Castaño para que no haya jurado popular en su causa

  • La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha estimado el recurso presentado por los acusados en el caso de la Fundación Cela, entre ellos Marina Castaño, para que no haya jurado popular en la causa.
Marina Castaño saliendo de los juzgados de Padrón caso Fundación Cela
Marina Castaño saliendo de los juzgados de Padrón caso Fundación Cela
EUROPA PRESS
Marina Castaño saliendo de los juzgados de Padrón caso Fundación Cela

Según ha informado este lunes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la Audiencia Provincial entiende que la causa ha de ser juzgada por los magistrados de la propia sección ya que a los investigados se les acusa de una "malversación impropia" en la gestión de la Fundación. Contra esta resolución, las partes tienen diez días para interponer un recurso de apelación ante el TSXG.

Este tipo de delito, según indica la sala, es aquel que "puede haber sido cometido por personas que no tienen la condición de funcionarios públicos" por lo que "no sería competencia de la Ley de Jurado", que limita su competencia a los cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos y sobre caudales públicos.

En concreto, en esta causa permanecen acusados, además de la viuda del escritor, el que era gerente de la Fundación Camilo José Cela, Tomás Cavanna; así como el exconselleiro de Contas Dositeo Rodríguez y su hija, Covandonga Rodríguez.

Esta decisión se produce después de que el Juzgado de Instrucción número dos de Padrón desestimase los recursos de reforma interpuestos por Marina Castaño y Tomás Cavanna contra el cierre de la instrucción de esta causa, que a priori iba a ser juzgada por un tribunal del jurado.

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