Plusvalía municipal: la escritura de compraventa dirá si se ha transmitido en pérdidas o no

  • El Constitucional consideró que no es legal imponer un impuesto cuando no hay ganancia económica.
  • No se tendrá en cuenta la diferencia entre los precios de compra y venta, sino los que consten en las escrituras.
Las llaves de la vivienda sobre el contrato de compraventa.
Las llaves de la vivienda sobre el contrato de compraventa.
GTRES
Las llaves de la vivienda sobre el contrato de compraventa.

Desde el fallo del Tribunal Constitucional, la reforma del impuesto de plusvalía municipal tiene en vilo a los ayuntamientos de toda España. Primero en febrero y marzo y luego avaladas en mayo, el Constitucional anuló este impuesto, que en teoría grava la revalorización de los inmuebles cuando son vendidos, pero en la práctica es abonado siempre, aunque hayan perdido valor. El Alto Tribunal consideró que no es legal imponer un impuesto cuando no se ha producido una ganancia económica.

Desde entonces los alcaldes esperan preocupados porque ese impuesto es para ellos una importante fuente de ingresos. La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha urgido al Gobierno a reformar esta figura impositiva y en su día le presentó dos propuestas. El Ministerio de Hacienda debía afrontar un cambio en el impuesto de plusvalía municipal, en el que ya venía trabajando, pero ahora cumpliendo con la sentencia del Constitucional.

A finales del pasado mes de julio el Ejecutivo aprobó el proyecto de ley que modifica la Ley reguladora de las Haciendas Locales para anular el pago de la plusvalía municipal en la transmisión de una vivienda en pérdidas. La cuestión es cómo determinar si ha habido o no incremento del valor del inmueble.

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) es como se llama en realidad lo que denominamos plusvalía. Su reforma suprimirá la obligación de tributar a aquellos propietarios que sufran pérdidas al vender un inmueble, tal y cómo dijo el Tribunal Constitucional en su sentencia.

Según Hacienda, en el caso de la venta de un piso o casa, la escritura de la compraventa será la que establezca si se ha transmitido en pérdidas o no. Es decir, no se tendrá en cuenta la diferencia entre los precios reales de compra y los de venta, sino las estimaciones elaboradas a partir del valor catastral del inmueble. Si la diferencia es positiva, toca pagar.

No obstante, Hacienda rebajará la carga fiscal sobre las viviendas que fueron compradas en los últimos años del boom inmobiliario y durante la crisis. Aún así, existe otro escollo: la FEMP quiere que sea el Gobierno el que asuma las posibles devoluciones a contribuyentes que tributaron mal en los ejercicios no prescritos (los cuatro últimos). Las entidades locales ingresaron 8.394 millones de 2012 a 2015 por IIVTNU, según los cálculos de Hacienda, aunque no todo corresponde a ventas a pérdidas.

Lodos que vienen de los polvos de la crisis

La crisis está detrás del asunto. Durante años, el valor de las casas crecía así que cualquier venta producía una plusvalía. Esto cambió con el pinchazo del ladrillo. Los propietarios, muchos en problemas económicos, se vieron obligados a vender a un precio inferior al de compra. Pero esto no les libraba de tener que pagar el Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tinsa calculó en marzo que hasta 550.000 operaciones (entre compraventas, donaciones, permutas y herencias) fueron gravadas con la plusvalía municipal a pesar de haberse cerrado con pérdidas del valor del bien. Según la web Reclamador.es, los usuarios afectados podrían reclamar unos 4.500 euros de media, lo que elevaría a 2.475 millones de euros las devoluciones que deberían realizar los ayuntamientos.

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