Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Pres, el tribunal considera a ambos autores de un delito contra la salud pública tratándose de droga que causa grave daño a la salud, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.
El tribunal considera probado que los condenados, tras alcanzar una conformidad, venían dedicándose a la venta a terceras personas de hachís, cocaína y heroína desde su domicilio sito en la capital, en las inmediaciones del mismo y en un taller ubicado en un polígono industrial.
De esta forma, los agentes contastaron que entre el 21 de enero y el 19 de febrero de 2016 la condenada llevó a cabo varias transacciones de venta de droga a cambio de cantidades de dinero no determinadas, lo que motivo al juez instructor a autorizar registro del domicilio y del taller.
En la casa la Policía encontró dinero procedente de la venta de drogas, sustancias estupefacientes y utensilios de corte, balanzas de precisión y bolsas de plástico empleadas por los acusados para preparar las dosis para la venta. El juzgado ha determinado a su vez que el hachís intervenido habría alcanzado en el mercado ilícito unos 4.769 euros, la cocaína, 756 euros, y la heroína un total de 772 euros.
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