El auto indica que "no se ha producido un daño real y efectivo" en el patrimonio municipal puesto que los pagos se aplicaron "en finalidades de carácter municipal dentro de las competencias de Festejos", según señalan desde el Consistorio en nota de prensa.
El Ayuntamiento indica, igualmente, que el magistrado titular del juzgado de instrucción número 6 de Avilés "se basa en las declaraciones de investigados y testigos, en el informe de la Interventora municipal, en el acta provisional del Tribunal de Cuentas y en la documentación e informes aportados".
"El magistrado asegura en su auto que no se ha producido un daño real y efectivo en el patrimonio de dicho Ayuntamiento mediante los pagos y disposiciones efectuados, al haberse empleado dicho numerario en pago de prestaciones o servicios del mismo, es decir, en finalidades de carácter municipal dentro del ámbito de las competencias de Festejos", apuntan desde el Ayuntamiento, recordando que contra la disposición judicial cabe interponer recurso ante el mismo Juzgado en un plazo de tres días.
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