Tribunales.- Condenados por donar sus bienes para no indemnizar a un empleado que sufrió un accidente laboral

  • La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a un matrimonio de ancianos, de 76 y 75 años, vecinos de Castellar, a un año prisión y multa de 2.160 euros para cada uno por donar todo su patrimonio a sus tres hijas con el fin de eludir pago de las indemnizaciones por el accidente de una persona a la que no tenían reconocida como trabajador y que finalmente fue así considerada por sentencia firme.
Los cinco acusados, en el banquillo
Los cinco acusados, en el banquillo
EUROPA PRESS
Los cinco acusados, en el banquillo

La condena, fijada en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, es extensible a las tres hijas del matrimonio, de 53,51 y 46 años, como "autoras y colaboradoras necesarias" y que también se sentaron en el banquillo, acusadas, al igual de que sus padres, de un delito de insolvencia punible ya que fueron ellas las que recibieron todos los bienes de sus padres.

La sentencia recoge como hechos probados que el 15 de abril de 2008, una persona, en este caso el denunciante, comenzó a prestar servicios por cuenta del acusado D. N. R., mediante contrato verbal para realizar una obra de arreglo de un camino vecinal con una máquina motoniveladora propiedad del acusado. Fue con esta máquina con la que sufrió un accidente el 16 de abril de 2008. El accidente le provocó graves lesiones por las que tuvo que permanecer ingresado en el Hospital Reina Sofía de Córdoba varios meses.

Por este siniestro se interpuso denuncia ante la Inspección de Trabajo el 16 de junio de 2008 ya que el trabajador no se encontraba dado de alta. En octubre de 2009 se extendió acta de infracción por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Jaén en el expediente de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo a causa del accidente sufrido contra la empresa de la que era titular el acusado, quien resultó finalmente sancionado.

"Conociendo desde el primer momento el accidente sufrido y previniendo las responsabilidades a las que podrían enfrentarse, dispusieron a título gratuito de sus bienes a favor de sus tres hijas", dice la sentencia

La acción del matrimonio ha conllevado que más de nueve años después del accidente, la víctima no haya podido cobrar el capital coste de renta del 40 por ciento, ni tampoco la indemnización por incapacidad permanente absoluta derivada del accidente de trabajo a que fue condenado el acusado por sentencia ya firme dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Social número 3 de Jaén, ni la indemnización por el accidente sufrido, al ser declarada la insolvencia del acusado.

El origen de esta causa se remontan al 16 de abril de 2008 en Montizón (Jaén) cuando el demandante sufrió un accidente trabajando con una motoniveladora que le llevó a estar dos meses en la UCI y que le ha supuesto la invalidez permanente absoluta.

Dos meses después, los dos ancianos acompañados de sus hijas se trasladaron desde Jaén a Benidorm (Alicante) para firmar ante notario la donación de sus bienes. Posteriormente, la persona accidentada fue ganando los juicios por lo Social que le reconocían su condición de trabajador y las correspondientes indemnizaciones por casi 490.000 euros. Sin embargo, ha día de hoy no ha podido cobrar ni un solo euro porque los principales acusados no disponen ya de patrimonio para hacer frente al pago de lo estipulado en sentencias firmes.

La sentencia recoge también la anulación de la escritura de donación de fecha 14 de junio de 2008 realizada ante notario y al pago de las costas procesales.

El procesado, D.N.R. indicó en el juicio que él solo prestó la máquina con la que el denunciante tuvo el accidente e insistió en que hizo la donación de casi todo su patrimonio a sus tres hijas porque "era costumbre de la familia" hacerlo en vida y no mediante testamento.

Rechazó que lo hiciera para eludir posibles indemnizaciones y su mujer, también acusada, señaló que la decisión de donar su patrimonio a sus tres hijas estaba tomada desde hacía tiempo, pero que no fue hasta esa fecha cuando todos pudieron coincidir para desplazarse un sábado a Benidorm y firmar los documentos ante un notario que era conocido de la familia.

Por su parte, las tres hijas insistieron en que conocían el accidente, pero desconocían que su padre pudiera verse implicado en el mismo. De hecho, apuntaron que se dieron cuenta a finales de 2008 cuando fueron citadas a declarar en el juzgado.

La sentencia de la Audiencia recoge que las declaraciones de los cinco acusados son "inconsistentes" y que toda su acción fue encaminada a adelantarse para conseguir una situación de insolvencia, ante la conocida inminencia del crédito del trabajador.

Aunque el Ministerio Fiscal no presentó cargos, la acusación particular reclamaba para cada uno de los cinco acusados cuatro años de prisión, pago de multas de 9.000 euros cada uno, y pago solidario de una indemnización de casi 490.000 euros.

La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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