La Audiencia permite circular al autobús de Hazte Oír alegando "libertad de expresión" como la de Zapata o los titiriteros

Autobús Hazte Oír
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HAZTE OÍR
Autobús Hazte Oír

La sección número 2 de la Audiencia Provincial de Madrid permite circular de nuevo al autobús con mensajes tránsfobos de la organización ultracatólica Hazte Oír al considerar que está amparado por la "libertad de expresión" y no constituye un delito de odio.

Los magistrados de la sala tiran de jurisprudencia y doctrina citando sentencias como las de los titiriteros, el del concejal Guillermo Zapata y sus tuits o el de la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, y el asalto a la capilla de la Universidad Complutense de Madrid, que han exculpado a los autores"cuando falta "un ánimo degradatorio específico".

El tribunal iguala los casos y justifica que Hazte Oír no infunde odio hacia los transexuales con mensajes como como "Los niños tienen pene, las niñas tienen vulva. Que no te engañen" o "Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo". En su lugar, cree que profesa y expresa "una idelogía" que debe respetarse "por muy minoritaria que pudiera ser" y por mucho que sitúe en los extremos, según recogió la agencia Europa Press.

"Admitir la persecución de ideas que molestan a algunos o bastantes, no es democrático, supone apoyar una visión sesgada del poder político como instrumento para imponer una filosofía que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia", continúan los jueces en el auto. Los mensajes de la organización, subraya, son "por desagradables y agresivos que puedan considerarse, dudosamente delictivos".

Incluso se refieren al Tramabús de Podemos, donde aparecen, junto a los mensajes contra la corrupción, "figuras perfectamente identificables de políticos y algún periodista" que tienen derecho a ver respetada "su dignidad y presunción de inocencia", a pesar de lo cual ningún juez impidió su circulación.

Parado desde febrero

La Audiencia enmienda así la decisión del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid, que inmovilizó el vehículo de Hazte Oír tras ser retenido por la Policía Municipal de Madrid, a las pocas horas de salir a las calles de la capital el pasado mes de febrero.

En todo caso, añaden los jueces, esto no significa "condescendencia, aceptación o comprensión, con determinados mensajes y su forma de exteriorización sino únicamente que las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente, en especial, cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado".

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