A juicio dos empresarios de Avilés acusados de estafar al Consorcio de Transportes con el "billete único"

  • La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de dos empresarios de Avilés, padre e hijo, acusados de estafar durante más de 2 años al Consorcio de Transportes de Asturias. La vista oral está señalada este lunes, 17 de julio de 2017, en el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés, a las 10.30 horas.

Uno de los acusados fue administrador único de la empresa desde el 20 de septiembre de 2006 hasta el 19 de marzo de 2012, fecha en la que su hijo, el otro acusado, asumió el cargo. Dicha compañía fue la concesionaria del contrato de transporte público regular de viajeros por carretera en los concejos de Avilés y Gozón. Como tal, esta empresa utilizaba el llamado billete único, comercializado por el organismo público Consorcio de Transportes de Asturias, perteneciente a la administración autonómica. Los usuarios de estos billetes abonan al adquirirlo un precio reducido por cada viaje, compensando el CTA a la empresa concesionaria por la diferencia entre lo pagado por el usuario y el coste total del trayecto.

Además, estos billetes permiten al usuario realizar un número determinado de transbordos entre distintos trayectos en un espacio limitado de horas, abonando sólo el primer viaje, mientras que el Consorcio de Transportes de Asturias paga a la empresa concesionaria todos los viajes realizados.

Los autobuses de la empresa de los acusados disponían de máquinas donde se efectuaban las cancelaciones de viajes de las tarjetas por parte de los viajeros.

La Fiscalía considera que los acusados, puestos de común acuerdo y con ánimo de lucro, desde el 22 de diciembre de 2010 hasta el 6 de febrero de 2013, utilizaron 3.739 veces de forma fraudulenta el billete único, en su modalidad Bono 10.

Así, tanto personalmente como empleados de la empresa, por orden de los acusados, adquirieron tarjetas Bono 10 y las cancelaban con los equipos existentes en los autobuses, simulando viajeros no existentes. También realizaban cancelaciones de transbordos ficticios.

De esta forma, la empresa obtenía la compensación de 0,39 euros por cada una de esas cancelaciones de tarjetas que, en realidad, no suponían viaje alguno de usuario real. La cantidad se elevaba a 1,28 euros cuando la cancelación tenía la consideración de transbordo, ya que en este caso el Consocio de Transportes de Asturias abonaba la totalidad del importe del trayecto.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de estafa de los artículos 248 y 249 del Código Penal, conforme al 74 del mismo texto, y solicita que se condene a cada uno de los acusados a 2 años y 6 meses de prisión y el pago de una indemnización al Consorcio de Transportes de Asturias de 3.461,75 euros.

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