El Gobierno canario aprueba un protocolo de actuación para la escolarización de niños de padres separados

  • La Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias ha aprobado un protocolo de actuación para la escolarización de niños de padres separados en los centros de educación sostenido con fondos públicos de enseñanzas no universitarios del archipiélago.
Aula de un colegio
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EUROPA PRESS
Aula de un colegio

En concreto, ha dictado instrucciones para su aplicación en los centros docentes sobre la actuación con los padres, las madres, separados, divorciados, personas que hayan finalizado su convivencia, o representantes legales, respecto a la educación de sus hijos o tutelados menores de edad, y especialmente ante situaciones de discrepancia o conflicto que inciden en el ámbito escolar, según informó en el Gobierno de Canarias en nota de prensa.

Estas instrucciones se aplicarán en el curso 2017/2018 y en las mismas la administración educativa define y aclara el alcance de diversos términos, tales como 'Patria potestad', 'Guarda y custodia' o 'Mediación' e indica a los equipos directivos de los centros escolares, así como a las propias madres y padres cómo deben realizarse algunas de las acciones más habituales de las que tienen lugar a diario en el sistema educativo canario.

En concreto, recoge desde los aspectos generales de la admisión y matrícula hasta los cambios de centro durante el curso escolar o el derecho de información de los padres o las madres o las personas representantes legales. Así buscan abarcar y establecer modos de actuación "claros en todos" los principales procedimientos administrativos donde los progenitores pueden coincidir o tener diferencias a la hora de decidir por su hijo menor de edad.

Además, aborda otros extremos de la vida diaria en un centro escolar donde es necesario contar con instrucciones que orienten las actuaciones de la comunidad educativa, también en las relaciones entre las diferentes personas que interactúan con los menores, de tal forma que también trata los criterios para la recogida y entrega del alumnado, la relación de los progenitores con sus descendientes durante y al finalizar el horario lectivo, la colaboración de los padres, las madres o las personas representantes legales con el centro docente o el procedimiento de Mediación para la resolución de conflictos, en la línea de aplicar la "cultura de la paz" en beneficio del interés superior del menor, la mejora de las relaciones personales y velar por el buen clima escolar del centro.

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