Condenada a 3 años y 7 meses de prisión por falsificar un documento para conseguir pensión alimenticia de su ex

  • La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a E.M.P.M.L. a tres años y siete meses de prisión por un delito de falsedad en documento público en concurso con un delito continuado de estafa al redactar ella misma un convenio regulador tras separarse de J.M.E.R.S. con el objetivo de conseguir una pensión alimenticia a pesar de ser consciente de que no tenía derecho a percibir ningún dinero.

En este sentido, la sentencia ha considerado probado que ambos se separaron en el año 2000 aprobando el convenio regulador de fecha de 23 de diciembre de 1999, suscrito por los dos sin que se estableciera ningún tipo de pensión alimenticia ni compensatoria a cargo de ninguno de los dos cónyuges.

Entonces, la mujer, con el objetivo de perjudica a su expareja y conseguir el abono de una pensión alimenticia redactó ella misma un nuevo convenio regulador de fecha de 19 de julio de 1999, que no está firmado por ninguna de las partes, en el que se establecía una pensión de alimentos de 20.000 pesetas mensuales.

Asimismo, en base al documento que hizo, presentó el 26 de septiembre del año 2007 una demanda de solicitud de despacho de ejecución ante el juzgado de primera Instancia Nº3, reclamando que desde la fecha de la misma sentencia no había abonado tal cantidad.

Reclamó así la cantidad de 6.377,53 euros, y en base a esa documentación aportada por la misma, provocó tal error que se despacho ejecución por auto de fecha de 19 de mayo 2008 por la suma total de 8.838,84 euros, incluyendo principal e intereses, acordándose quedar actualizada la pensión en la suma mensual de 143,14 euros.

No conforme con la obtención de ese enriquecimiento ilícito, y para conseguir más dinero, E.M.P.M.L. interpuso denuncia contra el hombre por el impago de la pensión establecida. Fruto de esta denuncia se dictó sentencia por la que se condenaba al hombre a la pena como autor de un delito de abandono de familia a la pena de seis meses de multa a razón de una cuota de 6 euros diaria y a abonar a la mujer 8.898,84 euros.

Por la acción de la acusada, el hombre ha resultado perjudicado en la cantidad total de 12.030,99 euros, de los cuales, 10.950,99 euros se benefició ilícitamente la acusada.

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