El estreno de muchos niños en sus nuevas aulas cuando empieza su escolarización en Infantil se puede convertir en un engorro si los menores aún no controlan sus esfínteres.
Sobre todo en el primer trimestre, los padres llaman a las AMPA para consultar si tienen que ser ellos los que acudan al centro a cambiar a sus hijos, porque las llamadas de los centros a los padres de los menores son periódicas.
Desde la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Málaga (Fdapa), su presidente, Juan Enrique Campos, lo tiene claro: «No tiene que acudir nadie, porque tienen que hacerlo los profesores. Y no sólo los tienen que atender cuando se hacen sus necesidades, sino también cuando se dan un golpe, algo que es más frecuente».
Casos graves
¿Y qué tienen que hacer los padres si en el centro no atienden sus quejas? «Les decimos que vayan al servicio de inspección, que es quien tiene que resolver estos asuntos», sostiene Campos. Ante casos muy graves, los padres pueden llevar al menor a un centro de salud y que lo vea un pediatra. «Si éste ve una negligencia, tiene que dar parte al juzgado de guardia», remacha.
Para solucionar estas situaciones, los padres proponen que la Junta aclare cuáles son las atribuciones de los docentes: «Educación debería hacer una campaña para explicar a los profesores de infantil que tienen que responsabilizarse del cuidado de nuestros hijos en todos los aspectos».
Tanto CC OO como UGT creen que la única solución a este problema es que cada centro resuelve a su modo la contratación de personal especializado. «Pedimos que se incorpore una figura profesional que se llama técnico superior en educación infantil», explica Teresa Blanca, secretaria general de educación de UGT.
Y se da la circunstancia de que es una titulación reciente en los ciclos formativos, pero que no tiene salida profesional. Blanca calcula que en toda la provincia sólo trabajan unos 20 técnicos, que no sólo tienen tareas asistenciales, sino que también apoyan a las
Dinos @ ) + ... quién debe cambiar los pañales a los niños en el colegio
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¿Qué argumenta el Código Civil?
Las asociaciones de padres sostienen que el director (o los profesores) es el encargado de atender a los niños en todos los casos. Y lo fundamentan en el artículo 1.903 del Código Civil: «Las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad [...]. La responsabilidad cesará cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia». Pero desde UGT creen que los docentes no pueden comportarse igual que sus progenitores (lavar, alimentar, etc.).


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