La jueza del metro rebate cuatro aspectos del accidente "objeto de debate extra procesal" y cuestiona a las acusaciones

  • La jueza que ha investigado el accidente de la Línea 1 de Metrovalencia, que el 3 de julio de 2006 provocó la muerte de 43 personas y heridas a otras 47, dedica una parte del auto en el que archiva la causa a rebatir cuatro cuestiones sobre el accidente que considera que han sido objeto de "debate extra procesal" y en los que se han "omitido importantes detalles que constan en el procedimiento, de forma intencionada o no, generando dudas sobre cuestiones de nula incidencia en la decisión final adoptada".
Víctimas del metro en una ofrenda floral
Víctimas del metro en una ofrenda floral
EUROPA PRESS
Víctimas del metro en una ofrenda floral

La magistrada Nieves Molina rechaza además la solicitud de nuevas pruebas periciales solicitadas por el fiscal y una de las acusaciones, la ejercida por la Asociación de Víctimas del Metro 3 de Julio, que considera que no están "justificadas" porque coinciden con diligencias ya practicadas.

Y cuestiona con dureza esta petición: "El disentir o no compartir el contenido de los informes periciales llevados a cabo por técnicos independientes, la mayor parte funcionarios públicos, no justifica solicitar nuevas pericias con igual objeto, bajo el pretexto de intentar cuestionar, desacreditar o desprestigiar, sin fundamento alguno, la profesionalidad de aquellos", lo que, a su juicio, "tristemente ha sido una tónica generalizada a lo largo de esta segunda fase de instrucción".

En su opinión, acceder a la pretensión de la acusación pública y una de las partes -la AVM3J- supondría "una irregular aplicación de la normativa que regula la prueba pericial" y rechaza las nuevas periciales "teniendo en cuenta el resultado de las numerosas diligencias practicadas, no solo las periciales, sino las numerosas testificales y prueba documental incorporada a la causa y partiendo de la profesionalidad y competencia de quienes han intervenido en la redacción de los distintos informes, al no existir dato alguno que lleve a cuestionarlos".

Asimismo, hace frente a los escritos de las acusaciones en los que se "sugiere" su "incompetencia" como instructora para acordar el sobreseimiento de la causa, resaltando que los filtros previos a la celebración del juicio en la ley procesal española pretenden evitar que el titular del derecho a la presunción de inocencia se vea sometido a un proceso penal y juicio público, con la llamada 'pena de banquillo', y también integra ese derecho "la garantía de no ser llevado a juicio por acusaciones no sostenibles".

FRENOS Y LIBRO DE AVERÍAS

Así, al final del auto, de 217 páginas, la magistrada hace referencia a cuatro cuestiones sobre las que considera que ha existido el debate extra procesal que "excede" el objeto de la instrucción penal: la existencia de un fallo en los frenos 13 días antes del accidente; la desaparición del libro de averías; el borrado de los datos de la caja negra (Teloc) y la identificación de los cadáveres del maquinista y la interventora.

Sobre el primer punto, rechaza que la unidad siniestrada tuviera algún fallo en los frenos 13 días antes del accidente -como, dice, esgrimía el fiscal en el escrito que presentó para pedir la reapertura- y asegura que esta aseveración parte de una publicación periodística que aludía como fuente a un sindicato y que resultó ser una circunstancia "falsa".

En relación con la desaparición del libro de averías, la jueza entiende que carece de relevancia porque lo importante para el tratamiento de las incidencias era usar el cauce del aviso al Operador de Averías y Mantenimiento (OAM) y que de este hecho se trató en el Comité de Seguridad. En una reunión de este órgano se concluyó que "no era probable" que tuviera información de relevancia en la investigación y que los maquinistas que condujeron la unidad siniestrada ese día antes del accidente no detectaron ningún fallo ni anotaron nada.

Al respecto, añade que el vuelco del tren y la fractura de los cristales produjo la salida de la unidad de pasajeros y enseres y que el jefe del operativo policial declaró que salir "se puede decir que salió despedido todo y que teniendo en cuenta que la ubicación del libro de averías era un casillero, fácilmente podría haber salido por la ventana". Y la jueza se inclina por la opción de que saliera desprendido a las vías y no que la desaparición fuera intencionada porque cree que esta opción no tiene sentido.

Del borrado de los datos de la caja negra, señala que el volcado de esta Teloc se hizo a presencia policial, en una actuación amparada en las competencias que les atribuye la ley y que ese borrado no debe confundirse con la fiabilidad del contenido del volcado de los datos y su posterior lectura. Se entregó a la Policía, que la custodió, señala. Y los datos se volcaron en un disquete entregado al agente policial que se llevó a la Jefatura y se incorporó al informe policial.

Y, por último, sobre los cadáveres de maquinista e interventora, la magistrada cree que, con alegaciones que apuntan a que estaban en el interior de la cabina, se intenta generar "de forma irresponsable" dudas sobre los datos "claros" que obran en la causa. Así, recalca que no estaban en la unidad siniestrada y que no existe mínima duda de dónde aparecieron, ya que salieron despedidos como reflejan las lesiones que presentaban los cuerpos. Para la magistrada, "carece de toda lógica" intentar "rodear de misterio la aparición del cuerpo del maquinista en las vías".

8.200 FOLIOS Y 30 TOMOS

Según los datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la causa consta de más de 8.200 folios distribuidos en 30 tomos, a los que hay que añadir numerosos archivos informáticos con un volumen superior a los 2.000 folios. Se ha tomado declaración a tres investigados y a 100 testigos. Desde la reapertura, en enero de 2014, han comparecido ante la jueza 21 maquinistas de la Línea 1.

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