suspende el acuerdo del Ayuntamiento sobre la inmatriculación de la Seo y la Iglesia de La Magdalena.
En concreto, se ha suspendido el apartado primero del acuerdo de 27 de marzo del Ayuntamiento de Zaragoza en el que se decretaba que "se ejercitasen acciones administrativas y judiciales de dominio y de posible nulidad y rectificación registral practicada al respecto de la Catedral de San Salvador, conocida como la Seo, y de la Iglesia Parroquial de Santa María Magdalena en Zaragoza a favor del Arzobispado de Zaragoza con la finalidad de dilucidar y proteger el dominio y la utilización pública de los citados bienes".
La magistrada ha acordado dicha medida cautelar al no existir, tal y como establecen las disposiciones legales en materia de Régimen
Local, un dictamen jurídico previo al ejercicio de cualquier acción por parte de las corporaciones locales.
Además, ha expresado en su resolución que el informe presentado por el Ayuntamiento no contiene un solo razonamiento explícito sobre la
viabilidad de lo que se pretende llevar a cabo. "Tampoco consta en
ese informe - explica- el más mínimo indicio relativo a los posibles de derechos que pudiera ostentar el Ayuntamiento de Zaragoza sobre los
referidos templos, para plantear las acciones que se mencionan en el
Acuerdo".
Sobre el informe jurídico, exigido por la ley y que debe acompañar
este tipo de acuerdos, ha aclarado que su finalidad es que la Corporación se encuentre adecuada y debidamente asesorada sobre la procedencia y viabilidad de la acción que se pretende.
Frente a los argumentos del abogado del Ayuntamiento de Zaragoza
afirmando que el informe presentado cumple los requisitos, entiende
la juez que en dicho informe "no existen suficientes manifestaciones para que los miembros de la corporación municipal tengan un conocimiento preciso de las circunstancias del caso y que
precisamente se exige para tratar de evitar iniciar un proceso por
quien no esté legitimado para ello".
Tras esta argumentación ha justificado la adopción de la medida cautelar para garantizar el "uso reflexivo" de acciones judiciales por parte de las corporaciones locales, ha precisado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) en una nota de prensa.
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