Tribunales.- Condenado por estafa al vender una finca en Vélez sin permiso de los propietarios

  • La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre por estafar a un matrimonio con la venta de un finca en la localidad malagueña de Vélez-Málaga sin contar con el permiso de los dueños, por lo que no pudieron inscribirla en el Registro de la Propiedad. Así, se le imponen ocho meses de prisión y el pago de 98.000 euros como indemnización a los perjudicados.

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los propietarios de la parcela la heredaron de su tío tras una división de la finca matriz. En 2005, el acusado fue a una notaría, donde se otorgó escritura de compraventa de la misma a favor de una sociedad, representada por un hombre al que no le afecta la sentencia por estar en rebeldía, por valor de 30.000 euros.

En esa primera operación, señala la resolución, el acusado actuó como mandatario verbal de los propietarios "cuando en realidad no había recibido mandato alguno ni autorización verbal, ya que ni siquiera los conocía". Ese mismo día, se otorgó otra escritura por la que la sociedad vendía la finca a un matrimonio por valor de 80.000 euros, cantidad que éstos "habían abonado previamente".

Además, los compradores habían pagado al acusado otros 5.000 euros por sus gestiones "aunque les había ocultado la irregularidad de la operación", que generó, asimismo, otros 8.800 euros de gastos e impuestos de transmisión, según se explica en la sentencia de la Audiencia.

A dichos compradores "se les denegó la inscripción de su compra en el Registro de la Propiedad, ya que la primera escritura debía ser ratificada por los dueños de la parcela, que se negaron a ello al no haber autorizado en ningún momento la primera venta ni haber percibido dinero alguno en concepto de precio de la misma".

Para la Sala, se trata de "un acto de simulación de apoderamiento verbal que permitió al protagonista aparecer como mandatario verbal de los verdaderos propietarios sin su consentimiento ni autorización", atribuyéndose el acusado "la facultad de disposición de la que carecía y enajenando así lo que no le pertenecía".

Así, se le condena por un delito de estafa agravada por la cantidad de que se trata, aplicando la circunstancia de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido. El acusado dijo en el juicio que "hubo un error catastral que luego se iba a rectificar", al ser otra finca sobre la que había recibido el mandato para venderla, insistiendo en que no se llevó dinero, salvo por las gestiones.

El Tribunal señala que se dan los elementos del delito de estafa, ya que el acusado llevó a cabo un "artificio engañoso" mediante una primera venta de la parcela "a espaldas de sus titulares registrales" con el fin "de facilitar la segunda venta, el mismo día, a terceros de buena fe, con el consiguiente perjuicio económico" para éstos.

Además de la pena de prisión y el pago de la indemnización, al acusado se le impone una multa de 720 euros y se acuerda la nulidad de las escrituras de compraventa "con el fin de lograr la restitución a sus legítimos titulares del bien objeto de venta mediante el mecanismo engañoso".

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