El Consejo de Cooperación Local analiza el reglamento de concentración parcelaria y el VII Plan Regional sobre Drogas

  • El Consejo de Cooperación Local ha analizado este martes el reglamento de concentración parcelaria y el VII Plan Regional sobre Drogras de Castilla y León, en una reunión que ha encabezado el vicepresidente y consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez.

En cuanto al reglamento de concentración parcelaria, se dicta en desarrollo de la Ley agraria de Castilla y León que dedica uno de sus títulos exclusivamente a establecer el régimen de concentración parcelaria.

En el reglamento se recogen dos modalidades de promoción de la concentración parcelaria, pública y privada, entre las que destacan como causas para la iniciación de estos procedimientos la implantación de nuevos regadíos o la modernización de los existentes, la conservación de determinados ecosistemas o el fomento del cooperativismo en la gestión de la propiedad.

Como novedad, también incorpora que en el momento procedimental de la toma de posesión de las fincas de reemplazo y de la definición de la masa común de tierras se amplía del cinco por ciento al 15 el número total de personas propietarias el número de recursos administrativos presentados contra el acuerdo de reordenación parcelaria para suspender la toma de posesión de las fincas de remplazo.

El Consejo ha informado de que en ambas tramitaciones también se especifica que el portal de Gobierno Abierto será uno de los cauces utilizados por la ciudadanía para su conocimiento y participación.

VII PLAN REGIONAL SOBRE DROGAS

En segundo lugar, se ha sometido a conocimiento del Consejo el Anteproyecto del VII Plan Regional sobre drogas de Castilla y León, en cuya sección V se refiere a las líneas estratégicas y acciones claves que afectan directamente a los municipios y a las diputaciones provinciales.

Las líneas estratégicas que recoge el Plan son la prevención del consumo de drogas, incluidas actuaciones de regulación y control; disminución de los riesgos y reducción de los daños; asistencia e integración social; formación, investigación y sistemas de información; y participación social, coordinación y cooperación institucional.

En cuanto a las acciones clave que figuran en la sección V y que son las que se consideran prioritarias y de una relevancia especial para alcanzar los objetivos planteados, se ha valorado la evidencia disponible, las recomendaciones de organismos internacionales y nacionales y la fundamentación teórica de la acción o su apoyo en buenas prácticas documentadas.

También se ha contado con la factibilidad de la acción, la posibilidad de llevarla a cabo a medio plazo con los recursos y estructuras necesarios disponibles en la actualidad o que se considera que se puede disponer de ellos durante la vigencia del plan.

En lo que a las responsabilidades atribuidas a los municipios y diputaciones provinciales se refiere, las entidades locales son responsables de 30 acciones claves de las 73 previstas, es decir, el 41 por ciento. Los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes son los que más responsabilidades tienen con 28 acciones claves, seguidos de las diputaciones, con 23.

Estas acciones persiguen, entre otros objetivos, reducir la prevalencia de consumo de bebidas alcohólicas, tabaco, cannabis y otras drogas; reducir los riesgos y los daños personales, familiares y sociales derivados del consumo de drogas; o potenciar la coordinación y la cooperación institucional para el desarrollo del Plan regional sobre drogas, en especial con las corporaciones locales y con la Delegación del Gobierno.

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