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Apoyo fiscal a la hipoteca inversa o renta vitalicia

  • El objetivo es fomentar que los mayores rentabilicen su vivienda habitual
  • Se debe a dos de las reformas con impacto fiscal inminente, la del IRPF y la de la Ley Hipotecaria

La vida de los mayores que decidan acogerse a la fórmula de la hipoteca inversa será, a partir de ahora, un poco más fácil. La negociación de la Ley para reformar las hipotecas ha llevado a un acuerdo entre los diversos agentes sociales para otorgar más ventajas a las hipotecas inversas. Así, se ha llegado a un consenso para crear nuevas ventajas fiscales que afecten a quienes dirijan parte de las rentas de una hipoteca inversa a un plan de previsión asegurado.

En concreto, pueden deducirse hasta 10.000 euros al año de la base imponible del IRPF. Además, se limitan los porcentajes que se pueden cobrar en caso de cancelaciones anticipadas, que quedan establecidos en el 0,25% del capital, para amortizaciones totales o parciales, si la cancelación se da pasados los cinco primeros años de la vida del crédito. Esta ventaja se une a la exención de que disfrutan los titulares de una hipoteca inversa del impuesto de actos jurídicos y documentados. Además, no hay que olvidar que no es necesario incluir en la declaración de la renta los ingresos recibidos por las cuotas mensuales.

Las nuevas medidas permiten deducir hasta 10.000 euros al año de la base imponible del IRPF
Tras suscribir el crédito con el banco, se puede recibir la renta de diversos modos. Es posible recibirla mediante un pago único, o bien mediante una renta vitalicia. Así, en caso de ser propietario de una vivienda valorada en 300.000 euros, se podría obtener una renta de unos 815 euros al mes. Se trata de una opción que, sin duda, puede interesar a un elevado número de españoles, ya que un 85% de los mayores posee, al menos, una vivienda en propiedad. Además, según los datos incluidos en un informe de la consultora DBK, cerca de ocho millones de ancianos españoles posee una segunda vivienda.

Algunas entidades financieras están llevado a cabo una importante campaña de promoción de sus hipotecas inversas. La directora de negocio hipotecario de uno de los más importantes bancos que cuenta con este producto, Ana Bengoa, asegura que su entidad se ha puesto en contacto "con más de 200.000 mayores que pueden estar interesados" en esta posibilidad. El banco ha denominado "Hipoteca Bienestar" a su producto, una de cuyas principales ventajas es que los herederos pueden disponer de un año de carencia para decidir qué hacer con la vivienda una vez que fallecen los titulares.

Renta vitalicia

Otra posibilidad para tener en cuenta es la renta vitalicia. En este tipo de producto, el dueño de la casa renuncia a su propiedad y obtiene a cambio una renta, que se calcula según el valor de la vivienda, la edad y el sexo de las personas que llevan a cabo la operación.

Se pueden obtener distintos tipos de renta vitalicia. La clásica permite obtener una renta mensual, que puede ser constante o creciente. Las personas que desean acudir a una residencia, y cuyo único activo es su vivienda, pueden dejarla y comenzar a recibir una renta mensual. En este caso, obtendrán una cantidad de dinero superior.

También se puede negociar con la entidad fiscal recibir un anticipo sobre la renta, que en principio no será superior al 5% del total de la cantidad que se recibirá a lo largo de toda la vida, y que se descuenta de ese total. En caso de que la operación deba aplicarse a dos personas, se garantiza que hasta que no fallezca la última de ellas no dejará de percibirse la renta vitalicia. De la misma manera que en el caso de las hipotecas inversas, toda la operación se lleva a cabo ante notario.

2 Comentarios
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Dice ser luis mª espinosa
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Dice ser luis mª espinosa, 08.11.2007 - 12.45h

quiero gestionar con algun agente ,la hipoteca inversa de mi vivienda en San Sebastian

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Dice ser Fernanda
2
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Dice ser Fernanda, 24.01.2008 - 13.30h

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