El texto, que aprobó en noviembre de 2015 su modificación con el apoyo de todos los grupos salvo el de Ganemos, tendrá que adaptar ahora varios puntos por estar ya contemplados en la normativa, como el Código Penal, según presentó el recurso contencioso-administrativo presentado por el concejal de Ganemos Gabriel de la Mora.
Esos cambios de la ordenanza se refieren a aquellos que delimitan como hechos sancionables los de estar en espacios públicos "con vestimenta, atuendos o disfraces que atenten o puedan atentar contra los derechos fundamentales de las personas, los sentimientos religiosos o tengan un contenido xenófobo, racista, sexista, homófobo, que puedan vulnerar la dignidad de las personas por su contenido discriminatorio o supongan menosprecio de cualquier tipo hacia cualquier condición o circunstancia personal o social".
Asimismo, el fallo del TSJCyL de 6 de abril de 2017 recoge también la nulidad del apartado que hace referencia a ir "parcialmente desnudo", además del pago de costas del recurso por el Ayuntamiento de Salamanca.
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