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Cada vez son más, los alquileres que se blindan contra los posibles morosos

  • En lo que va de año hay 122 contratos más que en 2006 para garantizar la renta en caso de impago
  • El año pasado se registraron 61 casos de morosidad
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Los inquilinos con «cara dura» o los también llamados morosos cada vez lo tienen más complicado a la hora de dejar de pagar la factura de la luz, el agua o la propia mensualidad de la casa.

Cada vez son más los propietarios cordobeses que se curan en salud contra los morosos acogiéndose a un contrato de alquiler blindado que les ofrezca las suficientes garantías en caso de que el inquilino produzca desperfectos o impagos. Éstos contratos de alquiler, vienen garantizados por la Corte de Arbitraje (un instrumento rápido y eficaz para la resolución de litigios).

En lo que llevamos de año, 1.723 viviendas de la provincia ya cuentan con un contrato blindado, una cifra que se ha incrementado en un 5% respecto al año anterior, según informa el director de comunicación de la Corte de Arbitraje, Juan Luis Antolín.

Además, en Córdoba casi se ha duplicado las agencias inmobiliarias adheridas a este sistema. Ya son 46 las existentes en la provincia. La labor de éstas consiste en adjuntar un impreso al contrato de alquiler que refuerce el compromiso entre el propietario y el inquilino para que en caso de litigio la corte de arbitraje pueda mediar con una sentencia firme en dos meses como máximo.

Así, se acaba antes con los morosos que por la vía judicial ordinaria. El año pasado se resolvieron 64 conflictos, de los que 61 fueron por impagos, dos por subarriendo y otro más por obras no consentidas.

Resolución de los conflictos

Con esta garantía, dueños e inquilinos evitan la vía judicial en caso de conflicto, dejando el problema en manos de un árbitro que dicta sentencias en menos tiempo (30 días, frente a los ocho meses de un tribunal convencional).

En caso de conflicto el arrendatario (inquilino) tendrá que hacer frente a los gastos jurídicos y administrativos, mientras que el demandante (propietario), no pagará nada.

Rápido y barato

Una vez adjuntado al contrato de alquiler por el precio de 42 euros, si se presenta un problema con inquilino, el propietario podrá enviar a la Corte una reclamación con las pruebas por escrito de lo que se alegue. La justicia arbitral no necesita la presencia de las partes ni de sus abogados o procuradores, por lo que el proceso es menos costoso y mucho más ágil. En menos de tres meses el juez dicta sentencia firme, de obligado cumplimiento e irrevocable. Algo especialmente útil en desahucios, ya que el propietario podrá disponer de su vivienda en tres meses y será el condenado el que corra con todos los gastos e indemnizaciones.

Más información: 902 217 121.

3 Comentarios
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Dice ser Paco
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Dice ser Paco, 02.11.2007 - 14.15h

Me parece muy bien, ya que conozco el caso de mis vecinos de al lado; que alquilaron su piso y han estado dos años sin poder recuperarlo, sin cobrar nada mas que la fianza y el primer mes y para colmo le handejado el piso destrozado. Vamos que ellos no lo alquilan ni locos.

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Dice ser McGiver
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Dice ser McGiver, 05.11.2007 - 09.51h

Paco, ahora comprenderas porque aqui nadie alquila un piso y prefiere tenerlo cerrado.

En este pais las leyes estan siempre a favor de los delicuentes, debe ser por aquello de que muchos politicos los son.

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Dice ser oscar
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Dice ser oscar, 23.05.2009 - 22.14h

LA JUSTICIA ESPAÑOLA ES TERCERMUNDISTA. HAY LEYES PARA TODO PERO LUEGO NUNCA HAY MEDIOS PARA APLICARLAS. Y, SIEMPRE ESO SÍ, FAVORECEN A LOS GOLFOS, QUE HASTA CUENTAN CON LA AYUDA DEL ESTADO (ABOGADOS DE OFICIO, SUBVENCIONES..9

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