El hombre, además, había quebrantado varias condenas, entre ellas la interpuesta en ese mismo año que le prohibía durante 16 meses a comunicarse con su expareja, según recoge la sentencia remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
Sin embargo, a pesar de todos los antecedentes y condenas, F.B.O.S. el 22 de septiembre de 2014, a las 08.00 horas, se dirigió a la parada de guagua de Puerto del RosaRio donde se encontraba su expareja con su hija, de 9 años, y una amiga.
Allí, tras recriminarle que le hubiera denunciado días atrás, F.B.O.S. comenzó a golpear a su expareja, momento en el que la mujer cogió su móvil para pedir auxilio pero el condenado se lo impidió al tirar el teléfono dándole un manotazo. Seguidamente, y según recogen los hechos probados, F.B.O.S. tiró a su expareja al suelo donde le dio patadas y puñetazos.
Ante esta situación, la niña de 9 años intentó auxiliar a su madre pero el hombre la empujó, cayendo la menor a la carretera. Asimismo, intentó ayudarle su amiga pero a ella también le pegó F.B.O.S., ya que le dio un puñetazo en el labio, provocando que se cayese el teléfono móvil al suelo y sufriera desperfectos.
Posteriormente, F.B.O.S. teniendo a su expareja en el suelo por los golpes que le había propinado previamente e intentado acabar con su vida, se colocó de rodillas encima de la mujer y sacó un cuchillo que llevaba oculto en el pantalón, apuñalándola, aunque no consiguió el objetivo de matarla.
La mujer, debido a lo ocurrido, sufrió secuelas en diversas partes de su cuerpo, además de trastorno de estrés postraumático.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios