El 'discurso del odio' en redes, al banquillo: al menos 8 personas han sido juzgadas ya este año

  • Este miércoles se ha celebrado el juicio a la tuitera murciana Cassandra Vera, acusada de enaltecimiento o humillación por chistes de Carrero Blanco.
  • Causas como la suya o la de César Strawberry tuvieron su origen en las operaciones "araña" de la guardia civil: 73 detenciones entre 2014 y 2016.
  • Ddiferentes sentencias señalan lo complicado que es decidir en estos casos y los límites de la libertad de expresión; el Supremo ya se ha pronunciado.
  • OPINIÓN: Con el terrorismo, poca broma.
La libertad de expresión y las redes sociales.
La libertad de expresión y las redes sociales.
DIEGO MIR
La libertad de expresión y las redes sociales.

El de la tuitera murciana Cassandra Vera ha sido el último juicio en la Audiencia Nacional por enaltecimiento de terrorismo o humillación a víctimas en redes sociales, un "fenómeno en crecimiento", según destacó el propio tribunal en su memoria de 2014. Aquel año hubo cinco procesos de ese tipo; en 2015 –últimos datos disponibles– hubo 13, con una mayoría de sentencias de conformidad y "penas de menos de dos años" de cárcel. Solo en lo que va de 2017 ha habido al menos ocho.

El panorama ha cambiado. Los juicios sobre terrorismo de ETA cayeron desde 101 en 2006 hasta 55 en 2015, aunque la mitad de estos últimos fueron por enaltecimiento. Internet, además, es protagonista: en la misma ley, con la reforma del Código Penal de 2015; en la forma de actuar de las fuerzas y cuerpos de seguridad, ejecutores de las operaciones "araña"; en las sentencias, porque el Supremo ya se ha pronunciado; y en los medios, por los personajes de relevancia afectados, como el concejal madrileño Guillermo Zapata (absuelto) o el músico César Strawberry (condenado).

La conducta que se atribuye a los acusados está en el artículo 578 del Código Penal, que contempla de uno a tres años de cárcel y multa de 12 a 18 meses por, o bien, enaltecer o justificar delitos de terrorismo o a quien los han cometido, o bien realizar actos de "descrédito, menosprecio o humillación" a las víctimas o sus familiares. Si los delitos se cometen "a través de medios de comunicación,  internet" o simplemente "mediante el uso de tecnologías de la información", la pena se impone en su mitad superior.

El caso de María Lluch marcó una línea para los demás en julio del año pasado. Fue la primera vez que el Supremo dictaminó contra el "discurso del odio". La Audiencia Nacional había condenado a esta joven tuitera valenciana a dos años de prisión y el Alto Tribunal, aunque consideró el castigo desproporcionado y lo rebajó a un año, sí se detuvo en explicar que no estaba penalizando "el chiste de mal gusto", sino, entre otras cosas, una "humillación" a personas "con nombre y apellidos", a saber, las víctimas de ETA Irene Villa y Miguel Ángel Blanco.

"El discurso del odio no está protegido por la libertad de expresión", aseveró el tribunal. Uno de los mensajes de Lluch, de hecho, citaba a Carrero Blanco, asesinado por la banda terrorista y en el centro de varios comentarios de Cassandra Vera, para la que el fiscal pide año y medio de prisión —la nieta del almirante calificó de "disparate" que se pidiera cárcel—.

Con Strawberry, cantante de Def Con Dos, el Supremo siguió la misma línea al revocar su absolución en primera instancia y condenarlo a un año. Escribió tuits sobre el GRAPO, Ortega Lara, el rey y, también, Carrero. Según el tribunal, "la provocación, la ironía o el sarcasmo" no le excluían de la culpabilidad. El caso de Zapata —Irene Villa dijo no haberse sentido humillada por los mensajes del político— no llegó al Supremo.

Dos casos y dos fallos distintos

Los numerosos pronunciamientos judiciales señalan lo complicado que es decidir en estos casos, cada uno con sus particularidades y que no solo afectan a la red social del pajarito, también a otras como Facebook o a YouTube. Tanto es así, que este mismo miércoles la Audiencia Nacional condenó a una persona y absolvió a otra. Jesús María Llastra, que celebró en internet el asesinato del político valenciano Manuel Broseta, ha sido condenado a tres meses y un día de cárcel. "Fue el mayor de mi vida", admitió; el tribunal ha tenido en cuenta su arrepentimiento.

Por otro lado, A.T., bilbaíno de 30 años que escribió entre 2010 y 2016 nueve tuits que la fiscalía consideró potencialmente delictivos, cuatro sobre Carrero, ha sido absuelto. La sentencia, con voto particular, viene a decir que es el Constitucional el adecuado para pronunciarse sobre la "compatibilidad" del enaltecimiento y la Constitución, es decir, las libertades de expresión e ideológica, a las que se agarran muchos procesados. El joven no incitó ni justificó la violencia, creen los jueces.

Es más, según la Audiencia, los tuits no tuvieron "impacto en la opinión pública" hasta que las fuerzas de seguridad, dentro de una acción prospectiva, los encontraron. Los agentes responsables del atestado explicaron en el juicio que "rastreaban la red para descubrir mensajes de enaltecimiento, mediante programas que buscaban ciertas palabras", dice la sentencia. Las causas de A.T., Vera y Strawberry tuvieron su origen en las denominadas operaciones "araña" de la guardia civil: entre 2014 y 2016 se desarrollaron cuatro fases de rastreo y al menos 73 detenciones. No todos han sido juzgados.

Llastra y A.T. se sentaron en el banquillo la misma semana que otros cuatro acusados por los delitos del 578, pero estos se declararon culpables y aceptaron penas de entre 1 y 2 años.

Como apunte final, algunos de los mensajes incluidos en los atestados de los casos mencionados son frases de canciones de Riot Propaganda o Los Chikos del Maíz. Entre los de Lluch, había alguna de la banda punk-rock Soak. En internet se han reproducido cientos de veces. Así, Vera dijo este miércoles que sus comentarios sobre Carrero "se llevan haciendo a lo largo y ancho de toda España durante muchísimos años".

La juez Teresa Palacios no ha comprado el argumento, porque "el hecho de que una generalidad de personas puedan decir lo mismo, incluso en un tono mayor", no exime de delito porque la responsabilidad es personal, le contestó. En su día, el concejal Zapata explicó también al juez que reprodujo en su cuenta de Twitter chistes que oía desde que era niño. Pero con la red hemos topado: el instructor del atestado de Vera ha declarado, como testigo, que en ella "hay tal cantidad de actividad apologética que sería imposible" atajarla, cuenta El País.

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