El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado, sobre las 16.10 horas del 19 de noviembre de 2015, circulaba con una motocicleta por la carretera AS-110 (Candás-Tabaza), termino municipal de Carreño. Al pasar por el punto kilométrico 6, lo hacía a una velocidad de 176 km/h (una vez aplicado el factor de corrección favorable al acusado), cuando dicho tramo de carretera tenía una velocidad máxima permitida de 90 km/h.
La Fiscalía considera los hechos constitutivos de un delito contra la seguridad vial y solicita que se condene al acusado a 8 meses de multa con una cuota diaria de 8 euros (1.920 euros), con una responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 18 meses y el pago de las costas judiciales.
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