El Supremo confirma la pena para una mujer que asesinó a su bebé mientras lo amamantaba

Fachada de acceso a la sede del Tribunal Supremo.
Fachada de acceso a la sede del Tribunal Supremo.
EUROPA PRESS
Fachada de acceso a la sede del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 18 años de prisión impuesta a una mujer marroquí domiciliada en Zaragoza por el asesinato de su bebé de tres meses, una niña a la que asfixió mientras amamantaba.

La mujer fue condenada por la Audiencia de Zaragoza por el asesinato de su bebé en noviembre de 2014 y absuelta del homicidio de su primera hija y del intento fallido llevado a cabo sobre la segunda al considerar los magistrados que no existían pruebas suficientes, aunque sí sospechas, de la comisión de ambos delitos.

La muerte del primer bebé fue interpretada por el forense como natural y no requirió una autopsia, pero los continuos ingresos hospitalarios de la segunda hija con síntomas de asfixia motivaron la decisión judicial de practicar una autopsia a la tercera, Marwa.

La condena en el tribunal zaragozano se fundamentó en un informe forense que apreció que mientras el bebé tenía taponados la boca y la nariz con el pecho de la madre, esta le oprimió con fuerza el tórax para impedirle respirar y causarle la muerte.

Aunque la pericial psiquiátrica diagnosticó en la acusada un trastorno obsesivo con rasgos "compatibles con la normalidad", la Audiencia de Zaragoza aseguró que la muerte la provocó por motivos "no esclarecidos".

El Tribunal Supremo valora la "minuciosidad hasta la exhaustividad" del recurso interpuesto por la representación legal de la procesada, pero descarta que durante la vista por los hechos no se hubieran respetado el principio de presunción de inocencia de su cliente, así como su derecho a una tutela judicial efectiva.

Los magistrados se apoyan, asimismo, en el testimonio del forense durante el juicio, que espetó: "En mi vida he visto un pulmón así, con tal impronta de las costillas en el pulmón reveladoras de la agonía y del intento del lactante por intentar respirar".

Otros elementos valorados como "colaterales" por el Alto Tribunal, las declaraciones de sanitarios y del propio marido y el testimonio de una mediadora cultural en relación a unos supuestos espíritus malignos que la madre le decía ver en sus hijos, son esgrimidos por el Supremo para confirmar que la prueba practicada fue "suficientemente concluyente".

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