Cepyme pide a los partidos políticos que faciliten el acceso de las pymes a la contratación pública

  • La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme) en Aragón ha pedido a los partidos políticos que faciliten el acceso de las pymes a la contratación pública, a través de la nueva normativa que se encuentra en fase de presentación de enmiendas en el Congreso de los Diputados.

Para Cepyme-Aragón, esta Ley de Contratos del Sector Público, es "muy importante", puesto que afecta a "ciudadanos, empresas y administración" y mejora la regulación anterior. "Las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo se transponen al ordenamiento jurídico español que ha de contemplar la transparencia como el criterio principal que incrementa la competitividad y da acceso a las pymes a la contratación pública".

La generalización en la utilización de los medios electrónicos como criterio de publicidad y tramitación, el acceso gratuito y telemático de las condiciones y documentos de contratación, la obligatoriedad de la introducción de transparencia en la figura del contrato menor y la nulidad de la contratación por incumplimiento de publicidad, son las primeras condiciones para que la pyme pueda optar en igualdad de condiciones.

El presidente de Cepyme-Aragón, Aurelio López de Hita, ha considerado que es "imprescindible" que se establezca la obligatoriedad de división en lotes, sin más excepciones que las técnicas y sin merma en la publicidad y transparencia del proceso de licitación, para facilitar el acceso a la pyme a la contratación pública.

"Es necesario garantizar los plazos y garantías de pago a los subcontratistas, supeditando el pago por parte de la Administración a la acreditación del pago por el contratista al subcontratista, incluso garantizando la liquidación directa por parte de la Administración al subcontratista en caso de impago en los plazos legalmente establecidos", ha apuntado.

La organización empresarial que las condiciones de solvencia exigibles a los licitadores han de ser proporcionales con el objeto de contratación, impidiendo la exigencia de clasificaciones excesivas. Además, es necesaria la regulación y límite de los modificados contractuales, así como la ampliación de la legitimación a las organizaciones empresariales más representativas para impugnar los Pliegos y acuerdos en materia de contratación.

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