Fuengirola dice que ordenanza reguladora de actividades funerarias está respaldada "por diversas normas legales"

  • El Ayuntamiento de Fuengirola (Málaga) ha asegurado este jueves que "desde el año 1996 cuenta con una ordenanza reguladora de las actividades funerarias u otros servicios mortuorios -la cual está respaldada por diversas normas legales-, en la que se detallan los requisitos objetivos con los que debe cumplir cualquier empresa que solicite autorización para el desempeño de su actividad en el término municipal".

Así lo ha asegurado el Consistorio tras el anuncio del expediente sancionador que la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA) ha incoado a este organismo y a la empresa municipal que gestiona el cementerio por, presuntamente, haber rechazado peticiones de servicios procedentes de funerarias ubicadas fuera de la localidad sin causa fundada que lo respaldase.

Desde el Ayuntamiento han asegurado, a través de un comunicado, que "se da la circunstancia, de que dicha ordenanza es muy similar, por no decir idéntica en sus requisitos, a las de municipios cercanos como Marbella, Málaga o Granada, entre otras muchas localidades"

"El parque Cementerio de Fuengirola ofrece multitud de servicios -salas de velatorio, cámaras frigoríficas, cremaciones, consigna de cadáveres-. En la ordenanza se determina que para prestar el servicio de inhumación (enterramiento) se debe estar inscrito en el Registro Municipal de Empresas de Servicios Funerarios y Mortuorios, y para adherirse al mismo es necesario contar con una sede en Fuengirola", han insistido.

Desde el Ayuntamiento han reiterado que "es absolutamente incierto que las instalaciones de Fuengirola estén cerradas a empresas de fuera o que se esté discriminando", y han asegurado que "el Consistorio se va a dirigir directamente a ADCA para que tome medidas con todos los municipios que tienen este tipo de ordenanzas para que realice las oportunas averiguaciones. Se exige, por tanto, el mismo trato para todos".

Asimismo, han informado de que "se va a solicitar que se remita al Consistorio todas las incoaciones de expedientes realizadas por la Agencia en los últimos cinco años y que éstas se hagan públicas de la misma manera que se ha hecho la de Fuengirola".

Tras el inicio de este expediente, se abre periodo máximo de 18 meses para instruir el expediente y resolverlo -tal como establece la Ley-, y recuerda que la incoación del mismo no prejuzga el resultado final de la investigación.

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