Tribunales.- Condenan a una clínica de estética a indemnizar a una paciente por quemaduras por depilación láser

  • La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la sentencia contra una clínica de estética por provocar quemaduras a una paciente tras una fotodepilación láser, lo que le obliga a pagar una indemnización de 31.262 euros a la afectada.

Desde la asociación El Defensor del Paciente han señalado que la sentencia refleja que la paciente comenzó en abril de 2006 a recibir sesiones de tratamiento mediante el sistema de luz pulsada intensa (IPL) para eliminar el vello de varias partes del cuerpo, asegurándole la clínica que obtendría "excelentes resultados estéticos" y que "no sufriría ningún daño".

En noviembre del mismo año, según han precisado desde el colectivo, en un comunicado, continuó con la segunda sesión de depilación, tras la cual comenzó a notar la aparición de quemaduras en el abdomen y en la cara interna de las ingles. Al término de las sesiones en enero de 2008, la usuaria presentó quemaduras de primer y segundo grado en las piernas y en la zona abdominal, que tardaron casi un año en curar.

La afectada acudió a El Defensor del Paciente en Málaga, tras las lesiones provocadas por el tratamiento de fotodepilación, presentando la asociación en su nombre una demanda contra una clínica de estética de Málaga, perteneciente a una franquicia. Tras la condena por un juzgado a pagar 31.242 euros, la clínica presentó un recurso de apelación, que ahora ha sido desestimado.

El letrado de la asociación en Málaga, Francisco Damián Vázquez, se opuso al recurso de apelación, indicando que se ha notado en los últimos tiempos un aumento considerable de las reclamaciones por depilación láser, ante la apertura de numerosos centros que se dedican a ello.

Esta sentencia se une a otras anteriores favorables conseguidas por el colectivo y reconoce el carácter estético voluntario de dicha fotodepilación, "y que debió existir un mayor control médico en el tratamiento, por aumento de la intensidad de la luz pulsada causando dichas quemaduras, además de que la cantidad reconocida en concepto de indemnización es una de las más altas de España por hechos similares".

Además, desde El Defensor del Paciente han indicado que la resolución judicial "desestima las alegaciones de la condenada en su recurso de apelación, sin que el argumento de un cambio en la propia evolución del vello, o de la piel, de la paciente pueda justificar el hecho, debiendo acomodarse los parámetros de dicho tratamiento a tales cambios, pero se calculó mal y ello fue la causa de la aparición de las quemaduras".

El abogado ha explicado que la indemnización concedida engloba secuelas, perjuicio estético moderado, los 30 días impeditivos y 335 no impeditivos, además de que se le devuelven todos los gastos ocasionados por dicho tratamiento de fotodepilación que superaban los 3.000 euros y para la que necesitó un préstamo.

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