Una mujer maltratada cobrará viudedad 15 años después de morir su exmarido

  • La mujer, sin sentencia por violencia machista, cobrará la pensión de viudedad quince años después de la muerte de su exmarido.
  • El Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegó la pensión de viudedad por haber pasado más de diez años entre la fecha del divorcio.
  • El marido maltrató a la mujer durante diez años y cuando se divorciaron, hace ya quince, no estaba tipificada la violencia de género.
Imagen de la App 'My112' para víctimas de violencia machista.
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EUROPA PRESS
Imagen de la App 'My112' para víctimas de violencia machista.

Una mujer maltratada de Reus sin sentencia por violencia machista cobrará la pensión de viudedad quince años después de la muerte de su exmarido, según una sentencia del Juzgado Social número 1 de Reus.

El marido maltrató a la mujer durante diez años y cuando se divorciaron, hace ya quince, no estaba tipificada la violencia de género y no se dictó ninguna sentencia por maltrato.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó la pensión de viudedad por haber pasado más de diez años entre la fecha del divorcio y la de la muerte del hombre y por no haber acreditado con una sentencia que era una víctima de maltrato.

La mujer demandó al INSS y ha ganado el caso, con lo que cobrará, avanza hoy el "Diari de Tarragona", una pensión de 517,54 euros mensuales, con efectos retroactivos desde el 1 de noviembre de 2014.

El abogado de la mujer, Ángel Camacho, ha explicado a Efe que la sentencia "abre un camino a muchas mujeres maltratadas que piensan que no tienen derecho a una pensión de viudedad" porque "es una "sentencia muy fundamentada".

A pesar de no tener ninguna sentencia por violencia de género, el abogado aportó denuncias de la mujer, partes de lesiones y varios testigos, entre ellos, el hijo de la víctima y dos hermanos del agresor ya fallecido.

Camacho explica que "la propia ley abre un resquicio a muchas mujeres maltratadas sin sentencia, porque señala que puede acreditarse mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho, y es lo que hicimos".

La sentencia recoge que "es cierto que ninguna de estas denuncias desembocó en una condena judicial. Pero, en función de la prueba practicada, este juzgador no abriga la menor duda de que fue víctima de violencia doméstica de modo continuado".

Camacho señala que "no hay muchas sentencias como ésta y es importante porque en muchos casos son mujeres que piensan que ya no tienen derecho a cobrar su pensión y lo tienen de sobra"

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