Audiencias provinciales de Lugo y Pontevedra dictan las primeras sentencias tras el fallo europeo sobre cláusulas suelo

  • Las audiencias provinciales de Pontevedra y de Lugo han emitido las primeras sentencias emitidas por audiencias de Galicia en las que se aplica el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la retroactividad total de la nulidad de las cláusulas suelo declaradas abusivas.

En concreto, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra descarta la postura de NCG Banco (hoy Abanca) de que esta causa se trataba de una "cosa juzgada" y de que concurría "pérdida sobrevenida de objeto", y centra el debate en la fecha a la que debía retrotraerse la nulidad.

Así, cuestiona si debe retrotraerse al momento de celebración del contrato -como pedía la parte demandante-, o a la fecha de publicación de la primera de las sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo que acordó la nulidad por falta de transparencia -como defiende la parte demandada-.

En este marco, la Sala apunta que, "sin perjuicio de reconocer la existencia de argumentos sólidos en favor de las diferentes posiciones adoptadas", la sentencia europea ha resuelto "de forma clara y contundente que no cabe limitar en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas que se declaran abusivas" sin contravenir el derecho comunitario.

Por tanto, los magistrados han acordado condenar a la entidad financiera a abonar a los demandantes las cantidades indebidamente satisfechas desde la fecha de celebración del contrato de préstamo con garantía hipotecaria.

De forma similar, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lugo aplica la resolución europea y da la razón a otros clientes frente al mismo banco, al mantener que "la extensión de los efectos de la nulidad de la cláusula comporta la devolución íntegra de lo indebidamente percibido" por la entidad en aplicación de la cláusula suelo.

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