Archivada una de las dos causas por corrupción contra la exalcaldesa Sonia Castedo

  • Era una de las dos piezas del caso Brugal que implicaban a la exalcaldesa de Alicante; sigue investigada en la del Plan General de Ordenación Urbana.
  • La Audiencia Provincial ha desestimado los recursos de apelación de Anticorrupción y las acusaciones populares contra el sobreseimiento.
Sonia Castedo
Sonia Castedo
AYUNTAMIENTO DE ALICANTE
Sonia Castedo

Un tribunal ha archivado definitivamente la investigación por corrupción en torno al denominado plan Rabasa, en el que figuraban como investigados la exalcaldesa de Alicante Sonia Castedo (PP) y el constructor Enrique Ortiz, entre otros, al no apreciar indicios de delito.

Esta era una de las dos piezas del caso Brugal que implicaban a Castedo, quien sigue investigada (antes imputada) en la rama relativa a las supuestas irregularidades en el diseño del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), al igual que su antecesor en la alcaldía, el popular Luis Díaz Alperi, y el propio Ortiz, entre otros.

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado los recursos de apelación planteados por la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares que representan al PSPV y EU contra el auto de sobreseimiento de la causa, decretado en mayo pasado por el juez César Martínez.

Ese magistrado concluyó entonces que el plan Rabasa, que preveía la construcción de unas 13.000 viviendas junto a una futura área comercial donde se implantaría la multinacional sueca del mueble Ikea, no constituía en sí mismo "una actividad delictiva".

Por consiguiente, según el responsable del juzgado de Instrucción 6 de Alicante, las gestiones encaminadas a su tramitación, aprobación y ejecución no podían "ser definidas 'ab initio' como una trama".

Una "idea preconcebida"

En este procedimiento, una de las piezas derivadas de la operación Brugal, llegaron a declarar como investigados (antes imputados) Castedo, Ortiz y varios técnicos municipales por supuestos delitos de prevaricación, cohecho y tráfico de influencias.

El auto de la Audiencia de Alicante hecho público este martes establece que la investigación, que arrancó en 2008, puede considerarse suficiente y no ha confirmado la comisión de las citadas infracciones penales.

Entre otros argumentos, los magistrados señalan que la posible relación de amistad entre Castedo y Ortiz es una "idea preconcebida" del ministerio público y no aparece suficientemente evidenciada en las conversaciones telefónicas que esta parte aporta en su recurso.

Del mismo modo, la reasignación de técnicos es una "conducta que desgraciadamente se produce con habitualidad en los órganos de gobierno de los ayuntamientos", al igual que la convocatoria urgente de juntas de gobierno para tratar cualquier asunto, señala.

Un plan anulado por la justicia

En cuanto al delito de prevaricación, considera la sala que la rúbrica de un convenio entre la corporación local, una de las firmas empresariales de Ortiz e Ikea en 2009 no generó, en principio, un "perjuicio directo" para las arcas públicas.

La resolución recuerda que el plan Rabasa fue anulado por la Justicia, por lo que se desconoce si Ortiz hubiera logrado un aumento de sus beneficios en la venta de suelo a la multinacional, de forma que se trata de un "delito imposible, al no existir objeto material en el que proyectarse la presunta acción delictiva".

La Audiencia entiende también que el regalo de un bolso valorado en 200 euros y de unas tarjetas de aparcamiento por parte del empresario a una técnica municipal constituiría, de ser punible, un delito de cohecho impropio, pero éste ya estaría prescrito

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